REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS. SEDE PUERTO AYACUCHO. JURISDICCION MERCANTIL.
Puerto Ayacucho, Diez (10) de Junio de Dos Mil Nueve (2009)

199º y 150º

Por cuanto se evidencia del acta de fecha 10-06-09, que el ciudadano SADIT KARIM MALAVE ESPEJO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.916.489, parte demandada canceló la totalidad del monto demandado y en virtud de que el demandante ALEXIS ANTONIO FALCON CARUSI, plenamente identificado en autos, solicitó el cierre y archivo del expediente por cuanto el demandado canceló en su totalidad la deuda contraída; el Tribunal por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre los derechos disponibles, le imparte su homologación de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, con el correspondiente archivo del expediente. Cúmplase.-
EL JUEZ PROVISORIO


ABOG. HECTOR A. CRISTOFINI S.

EL SECRETARIO

ABOG. CARLOS A. HAY C.

HACS/CAHC/Alba
Exp. N° 2009-1570