REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia Penal, Función
Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 4 de Marzo de 2009
198º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2007-000044
ASUNTO : XP01-P-2007-000044
ARCHIVO DEFINITVO
Recibida y analizada como fuere la totalidad de las actas que integran el presente asunto penal, este órgano jurisdiccional observa que en fecha 29ENE2009, se celebró audiencia especial de conformidad con lo establecido en el 45 de la Ley Adjetiva Penal, ante el Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal, Función de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, oportunidad en la cual luego de haber finalizado el régimen de prueba establecido, y de haberse constatado el cumplimiento de los requisitos o condiciones impuestas previamente, dicho órgano unipersonal, acordó:
“…PRIMERO: En virtud del cumplimiento de las condiciones impuestas por este Tribunal en fecha 04 de Junio de 2008, se DECRETA el sobreseimiento de la presente causa de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45 y 318 único aparte del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano: Ariel Querro, titular de la cédula de identidad Nº 17.105.343, a quien se le sigue la presente causa por el delito de ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS, MATERIALES O DESECHOS CLASIFICADOS COMO PELIGROSOS, previsto y sancionado en el articulo 83 de la Ley Sobre Sustancias, Materiales o Desechos Peligrosos, en concordancia con el artículo 9 numeral 22 ejusdem, en perjuicio del Estado Venezolano…”
De igual forma se observa, que una vez cumplidos los lapsos de rigor, por auto que cursa al folio 175 de la causa, el Tribunal acordó la remisión a este Juzgado de Ejecución, por haber adquirido firmeza el fallo proferido antes citado, por lo que en consecuencia, definitivamente firme como ha quedado la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, de fecha 29 de Enero de 2009, mediante la cual se decretó el sobreseimiento de la presente causa de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45 y 318 único aparte del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano: Ariel Querro, titular de la cédula de identidad Nº 17.105.343, por el delito de ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS, MATERIALES O DESECHOS CLASIFICADOS COMO PELIGROSOS, previsto y sancionado en el articulo 83 de la Ley Sobre Sustancias, Materiales o Desechos Peligrosos, en concordancia con el artículo 9 numeral 22 ejusdem, en perjuicio del estado venezolano, este Juzgado en cumplimiento del mandato contenido en el artículo 479 del Texto Adjetivo Penal, OBSERVA que lo procedente y ajustado a Derecho ordenar el Archivo Definitivo de la presente causa. Y ASI SE DECIDE.-
DISPOSITIVA
En razón a las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA el Archivo Definitivo de la presente causa, por estar definitivamente firme el sobreseimiento decretado por el Tribunal Segundo de Control, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45 y 318 único aparte del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano: Ariel Querro, titular de la cédula de identidad Nº 17.105.343, por el delito de ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS, MATERIALES O DESECHOS CLASIFICADOS COMO PELIGROSOS, previsto y sancionado en el articulo 83 de la Ley Sobre Sustancias, Materiales o Desechos Peligrosos, en concordancia con el artículo 9 numeral 22 ejusdem, en perjuicio del estado venezolano. Regístrese, notifíquese del presente archivo a la Fiscal Cuarta del Ministerio Público y a la Defensa. Asimismo remítanse las presentes actuaciones en su debida oportunidad legal a la Oficina de Archivos Judiciales.- Edítese en la página Web. Se instruye a la ciudadana Secretaria del Tribunal a tomar las previsiones necesarias para dar cumplimiento a lo aquí ordenado.- Cúmplase.-
LA JUEZA TEMPORAL DE EJECUCIÓN;
AB. WENDY DAYANA SALAZAR
LA SECRETARIA;
AB. YOSMAR ROSALES
En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado anterior.-
LA SECRETARIA;
AB. YOSMAR ROSALES