REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE CONTROL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 5 de Marzo de 2009
198º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-D-2006-000049
ASUNTO : XP01-D-2006-000049

ACTA DE DIFERIMIENTO DE AUDIENCIA

JUEZ: ELISA ANTONIA RODRÍGUEZ
SECRETARIO: RIMA KALEK
FISCAL: QUINTO DEL M. P.
DEFENSOR: PUBLICO PENAL
IMPUTADOS: (IDENTIDAD OMITIDA)
(IDENTIDAD OMITIDA)
(IDENTIDAD OMITIDA)
(IDENTIDAD OMITIDA),
VICTIMAS: EL ESTADO VENEZOLANO

En esta misma fecha, siendo las 8:30 de la mañana, se constituyó el Tribunal Primero de Control Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, en la sala de audiencia N° 3 de este Circuito Judicial, con la presencia de la Jueza ELISA ANTONIA RODRÍGUEZ, la Secretaria Rima Kalek y el Alguacil Rubén Sánchez, en la oportunidad fijada para celebrar la AUDIENCIA PRELIMINAR en el asunto seguido a los adolescentes: (IDENTIDAD OMITIDA), Colombiano, natural de Guaviare Colombia, nacido el 17 de Agosto, de 16 años de edad, indocumentado, de profesión obrero, hijo de Priscila Rodríguez Guaviare (v), residenciado en el Municipio Guainia Colombia; (IDENTIDAD OMITIDA), Colombiano, natural de Panapana Campo Alegre Departamento de Guainia, Colombia, nacido el 22-12-89, de 17 años de edad, indocumentado, de profesión obrero, hijo de Carlos Romero (v), residenciado por Puerto Inirida Colombia; (IDENTIDAD OMITIDA), Colombiano, natural de Mitu Bauspe Colombia, nacido el 18-09-89, de 17 años de edad, indocumentado, de profesión obrero, hijo de María Mata Chequemarca (v) y de Víctor Julio Laverde (v), residenciado en Puerto Inirida Colombia; (IDENTIDAD OMITIDA), Colombiano, natural de Puerto Inirida Colombia, nacido el 02-03-91, de 16 años de edad, indocumentado, de profesión obrero, hijo de Olimpia Castro (v) y de Demetrio Reyes (v), residenciado por el Barrio Brisas del Palmar, Puerto Inirida; por la presunta comisión del delito de de ACTIVIDADES EN ÁREAS ESPECIALES Y ECOSISTEMAS NATURALES Y DEGRADACIÓN DE SUELO TOPOGRAFÍA Y PAISAJE, EN GRADO DE COOPERADORES, previsto y sancionado en los Artículos 58 y 43 de la Ley Penal del Ambiente en concordancia con el Artículo 83 del Código Penal. Encontrándose presentes el abogado Víctor Meléndez, en su carácter de Fiscal Quinto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, la Abog. Duviniana Benítez, defensora Pública Primera del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescentes adscrito a la unidad de Defensa Pública de esta Circunscripción Judicial, se deja constancia que no se encuentran presentes en esta audiencia los imputados adolescentes, así como sus representantes legales, es por ello que se acuerda conceder un lapso de espera de treinta (30) minutos, vencido como se encuentra el paso de espera y verificada la presencia de las partes se observa que no han comparecido los adolescentes de autos. Acto seguido se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público quien solicita se oficie a la LIC. CATALINA MENDOZA CONSUL DE COLOMBIA, CON SEDE EN EL ESTADO AMAZONAS, y al CONSUL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EN PUERTO INIRIDA, a los fines de que sirvan informar sobre la efectiva citación de los adolescentes imputados (IDENTIDAD OMITIDA), (IDENTIDAD OMITIDA), (IDENTIDAD OMITIDA), y (IDENTIDAD OMITIDA), y una vez que conste en autos la información solicitada, se fije nueva oportunidad para la celebración de la audiencia en la presente causa. De seguidas se le concede la palabra a la defensa pública quien solicita igualmente se oficie a la LIC. CATALINA MENDOZA CONSUL DE COLOMBIA, CON SEDE EN EL ESTADO AMAZONAS, y al CONSUL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EN PUERTO INIRIDA, a los fines de que sirvan informar sobre la efectiva citación de los adolescentes imputados. A tales efectos constatándose que no se encuentran presentes los imputados ni sus representantes legales. En consecuencia este Tribunal Sección Adolescente en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, emite el siguiente pronunciamiento en nombre de de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: vista la Incomparecencia de los adolescentes: HENRY RODRIGUEZ, CESAR AUGUSTO ROMERO, VICTOR DARIO LAVERDE CHEQUEMARCA, y JHON ALDAIR CASTRO, y la solicitud realizada por el Fiscal Quinto del Ministerio Público y de la defensora Pública Primera del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescentes adscrito a la unidad de Defensa Pública de esta Circunscripción Judicial, este Tribunal Acuerda oficiar a la LIC. CATALINA MENDOZA CONSUL DE COLOMBIA, CON SEDE EN EL ESTADO AMAZONAS, y al CONSUL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EN PUERTO INIRIDA, a los fines de que sirvan informar sobre la efectiva citación de los adolescentes imputados (IDENTIDAD OMITIDA), (IDENTIDAD OMITIDA), (IDENTIDAD OMITIDA), y (IDENTIDAD OMITIDA), y una vez que conste en autos la información solicitada, se fijará nueva oportunidad para la celebración de la audiencia en la presente causa, quedando notificadas las partes en esta audiencia. Líbrese los oficios respectivos. Es todo, se leyó y conformes firman.
Juez de Control Sección Adolescentes,

Abog. Elisa Antonia Rodríguez


El Fiscal, La Defensa,

Abog. Víctor Meléndez Abog. Duviniana Benítez Maldonado


La Secretaria

Rima Kalek