REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA






REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS.
SEDE PUERTO AYACUCHO.

Puerto Ayacucho, Treinta (30) de Marzo de 2009
193° y 150°

Vista la diligencia de fecha 30-03-2009, con la cual la Abog. Anayibe Rodríguez Mogollón, Cédula de Identidad Nº V-5.679.603, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 34.854, en su carácter de Apoderada Judicial de las ciudadanas ESTEFANÍA DILIA LARGO VIDERA, WENDY ESTEFAN QUERALES LARGO, MARIA LISBETH PRIETO VEGAS, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cedulas de Identidad Nº V-8.949.125, V-19.352.424, V-15.651.729, parte demandante y el ciudadano ENRIQUE TORRES TORRES, asistido por el abogado VICENTE ANNITO, portador de la Cédula de Identidad Nº V-4.086.908 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº V-117.772, parte demandada. CONVIENEN en los términos expuestos en la diligencia y solicitan a este Tribunal el archivo del Expediente, el Tribunal por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre los derechos disponibles, le imparte su HOMOLOGACION de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y ordena el archivo del Expediente. Cúmplase.-
EL JUEZ PROVISORIO,

ABOG. HECTOR AUGUSTO CRISTOFINI SANCHES

EL SECRETARIO,

ABOGº CARLOS A. HAY C.


HACS/CAHC/Noel.
Exp. N° 2008-1.536