REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ATABAPO Y MANAPIARE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
San Fernando de Atabapo, 24 de marzo de 2009
198° y 150°
SOLICITUD N° 15-2009
JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
SOLICTANTE: GONZALEZ, MOISES
SOLICITADO: RINCONES, LOURDES
MOTIVO: SOLICITUD DE REEGANCHE
SENTENCIA: DEFINITIVA (SOBRESEIMIENTO)
FECHA: 24 DE MARZO DE 2009
Vista la presente solicitud, signada con el N° 15-2009, de fecha 02 de marzo de 2009; mediante la cual el ciudadano MOISES GONZALEZ, pide ser restituido en su cargo de promotor comunitario de CAÑO MINICIA; cargo del que dice fue destituido por haberle indicado a su hija LUISA GONZALEZ, el día 23 de noviembre de 2008 que había que votar rojo rojito. Notificada la ciudadana LOURDES RINCONES, titular de la Cedula de Identidad N° V- 10.922.609, en el carácter de DIRECTORA DE DESARROLLO SOCIAL DEL MUNICIPIO ATABAPO, ESTADO AMAZONAS, en fecha 11 de marzo de 2009 compareció por ante La Secretaría Del Tribunal, el día 12 de marzo de 2009 a las 10:00 a.m, y expuso: “ciudadano Juez, el señor MOISÉS GONZALEZ, ejerce un cargo de confianza para el ejecutivo regional, cuyo objetivo fundamental es hacer el trabajo político, por lo que no cumplió sus funciones; por orden del gobernador, se le rescindió el contrato, ya que es de libre nombramiento y remoción. Por lo cual se puede dirigir a la oficina de Recursos Humanos de la Gobernación, ya que es el ente contratante”. Esta declaración coincide con la decisión del ciudadano MOISES GONZALEZ, debidamente identificado en autos, de hacer su reclamación por ante la Procuraduría del Trabajo en Puerto Ayacucho; todo lo cual se concatena con lo establecido en el Artículo 901 del Código de Procedimiento Civil en conformidad con el Artículo 895 ejusdem referido a la Jurisdicción Voluntaria. En tal virtud y dadas las motivaciones de hecho y derecho contenidas en la presente solicitud, este Tribunal de los Municipios Atabapo y Manapiare de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA sobreseído el procedimiento para que los interesados propongan las demandas que consideren pertinentes. Así se decide.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DIARICESE
Dada, firmada y refrendada en el Despacho del Juez del Juzgado de Municipio de los Municipios Atabapo y Manapiare de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, en San Fernando de Atabapo, a los veinticuatro días del mes de marzo de dos mil nueve (2009). Años 198° de la Independencia y 150° de la Federación.
El Juez;
Abg. JORGE ANTONIO OROZCO NATERA
La Secretaria Accidental;
AILEN DEL C. GAVILAN ORTEGA
En esta misma fecha siendo las 1: 00 p.m. se público y registró la anterior sentencia, previo anuncio de Ley.
La Secretaria Accidental;
AILEN DEL C. GAVILAN ORTEGA
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