REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
EN LO PENAL, CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO,
PROTECCIÓN DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES Y TRIBUNAL
SUPERIOR EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION AMAZONAS
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, 06 de Mayo de 2009
199º y 150º
Examinada la presente demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, Salarios Retenidos Aguinaldos e Intereses, interpuesta por la ciudadana AIDA DEL VALLE BARRIOS DE PONCE, quien es venezolana, mayor de edad, y titular de la Cédula de Identidad N° V.-1.568.366, debidamente asistida por el abogado LUÍS MACHADO, quien es mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 10.920.203, inscrito en el Inpreabogado con el número, 51.672, respectivamente, ésta Corte de Apelaciones procede a emitir pronunciamiento respecto a su admisibilidad y por cuanto la misma contiene una Querella Funcionarial, contentiva de cobro de prestaciones sociales incoada en contra de la Dirección Regional de Salud del estado Amazonas, y por no constar en la demanda y recaudos presentados la existencia de alguna causal de inadmisibilidad previstos en la Ley del Estatuto de la Función Pública, y al no ser contraria al orden público ni a las buenas costumbres, Se Admite cuanto ha lugar a derecho, siguiéndose el procedimiento previsto en el artículo 98 y siguientes de la Ley del Estatuto de la Función Pública. En consecuencia, admitida como ha sido la demanda, se ordena citar a la Procuradora General del estado Amazonas, de conformidad con lo previsto en el artículo 80 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, para que una vez consignado por el alguacil el acuse de recibo de las últimas de las notificaciones y citaciones, comience a transcurrir un lapso de quince (15) días hábiles, a cuya terminación se considera consumada la citación de la Procuradora General del estado Amazonas, iniciándose el lapso correspondiente para la contestación de la demanda, conforme a lo establecido en el artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. Se acuerda notificar a las partes en el presente asunto. Así mismo solicitar a la Procuradora General del estado Amazonas, remita a esta Corte de Apelaciones el respectivo expediente administrativo de la ciudadana AIDA DEL VALLE BARRIOS DE PONCE. Líbrese lo conducente cúmplase.
Juez Presidente
ANA NATERA VALERA
Juez Juez y Ponente
ROBERTO ALVARADO BLANCO JOSÉ FRANCISCO NAVARRO
El Secretario
LUÍS VICENTE GUEVARA
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
El Secretario
LUÍS VICENTE GUEVARA
Exp. 000908