REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE CONTROL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 22 de Mayo de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-D-2008-000040
ASUNTO : XP01-D-2008-000040
ACTA DE DIFERIMIENTO DE AUDIENCIA PRELIMINAR

En esta misma fecha, siendo las 10:00 de la mañana, se constituyó el Tribunal Primero de Control Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, con la presencia de la Juez ELISA ANTONIA RODRÍGUEZ, la Secretaria Rima Kalek y el Alguacil Arnaldo Bravo, en la oportunidad fijada para celebrar la AUDIENCIA PRELIMINAR en el asunto seguido al adolescente: (IDENTIDAD OMITIDA), venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-(OMITIDA), por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano BEJA ALZATE ANTHONY ALEXANDER. Se da inicio a la audiencia y constituido el Tribunal en el despacho de la ciudadana Juez, en virtud de la no Disponibilidad de sala. Encontrándose presentes el abogado Luis Correa, en su carácter de Fiscal Quinto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, la Abog. Duviniana Benítez, defensora Pública Primera del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescentes adscrito a la unidad de Defensa Pública de esta Circunscripción Judicial, el imputado de autos previa boleta de citación, y su representante legal ciudadana Luisa Elegia Carrasquel. Se hace constar que la víctima no se encuentra presente. En tal sentido se acuerda conceder un lapso de espera; siendo las 11:00 am., y verificada la presencia de las partes se observa que aún no ha comparecido el ciudadano BEJA ALZATE ANTHONY ALEXANDER, en este estado el ciudadano fiscal expone: Vista la incomparecencia de la víctima solicito que sea conducido por la fuerza público a tenor de lo previsto en el artículo 185 del Código Orgánico Procesal Penal, y por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niñas y Adolescentes, en virtud que en reiteradas oportunidades ha incumplido con las asistencias a las audiencias previamente fijadas. De seguidas la defensa no hace oposición a la solicitud fiscal. Luego de escuchadas las exposiciones de las partes este Tribunal Primero de Control Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite el siguiente pronunciamiento: Vista incomparecencia del ciudadano BEJA ALZATE ANTHONY ALEXANDER, víctima en la presente causa, se acuerda fijar para el día VIERNES 12 DE JUNIO DE 2009 A LAS 2:00 PM., la nueva oportunidad para la celebración de la audiencia, cuya fecha fue tomada en consideración a la agenda única llevada a los fines de garantizar la presencia de las partes, en la oportunidad para que se realice la audiencia Preliminar, para lo cual quedan convocadas las partes presentes y debidamente notificados en este acto sobre la presente decisión de conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Vista la solicitud planteada por el ciudadano Fiscal Quinto del Ministerio Público y la no oposición de la defensa, este Tribunal acuerda de conformidad con lo previsto en el artículo 185 del Código Orgánico Procesal Penal, y por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niñas y Adolescentes, que sea conducido por la fuerza público el ciudadano BEJA ALZATE ANTHONY ALEXANDER, motivado a las reiteradas inasistencias a las audiencias previamente fijadas por este Despacho, aún siendo debidamente notificado tal como se evidencias de las actas que conforman el expediente. Líbrese Boleta de Citación al ciudadano BEJA ALZATE ANTHONY ALEXANDER, víctima en la presente causa, y el respectivo oficio al Grupo Antiextorsión y Secuestro N° 9 de la Guardia Bolivariana de Venezuela. Se instruye a la ciudadana secretaria para que de cumplimiento a lo acordado en la presente audiencia. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez de Control Adolescentes,

Abog. Elisa Antonia Rodríguez

El Fiscal, La Defensa,

Abog. Luis Correa Abog. Duviniana Benítez Maldonado
El Imputado y su Representante Legal

(IDENTIDAD OMITIDA) (IDENTIDAD OMITIDA)

La Secretaria

Abg. Rima kalek