REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE CONTROL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 25 de Mayo de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-D-2009-000109
ASUNTO : XP01-D-2009-000109


Corresponde a este Tribunal una vez visto y oído lo planteado por el Fiscal Quinto del Ministerio Público, Abogado Luis Correa; en la Audiencia de Presentación realizada en fecha 25/05/2009, y como punto previo solicitó: “Actuando en este acto como Fiscal Quinto del Ministerio Público del Sistema de Responsabilidad Penal del adolescente y Penal Ordinario, en materia de Protección del Niño y del adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, como punto previo solicita que el presente asunto sea ventilado por el Tribunal Ordinario en virtud de que las actuaciones se verifica que hay un error en la edad del presunto adolescente siendo el mismo mayor de edad, tal y como consta en la copia simple de la cédula de identidad que consignó en este acto previa verificación vía telefónica por ante la ONIDEX”, solicitud que fundamento de conformidad con lo establecido en el artículo 534 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes y articulo 49 numeral 4° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Cabe señalar que el mencionado ciudadano se encuentra detenido desde el día 23/05/2009 y presentadas las actuaciones ante el Tribunal de Control Sección Adolescentes el día 24/05/2009 a las 12 del mediodía a los fines de que se fijara la audiencia de presentación la cual se fijó para el día de hoy 25/05/2009, a las 10:00 a.m.
DISPOSITIVA
Sobre la base de los criterios anteriormente expuestos este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL SECCIÓN de ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY acuerda PRIMERO: DECLINA LA COMPETENCIA A UN TRIBUNAL DE CONTROL ORDINARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, en lo que respecta al ciudadano (IDENTIDAD OMITIDA), titular de la cedula de identidad N° (OMITIDA), nacido el 18/04/1991 hijo de (IDENTIDAD OMITIDA) (v) y (IDENTIDAD OMITIDA) (v), todo de conformidad con el artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño Niña y Adolescente, en concordancia con el 534 ejusdem, que establece “si en el transcurso del procedimiento se determina que la persona investigada o imputada era mayor de dieciocho años al momento de la comisión del hecho punible se remitirá lo actuado a la autoridad competente”, y el artículo 49 numeral 4° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En consecuencia se acuerda remitir inmediatamente las actuaciones al mencionado juzgado. SEGUNDO: Remitir las presentes actuaciones a la URDD de este Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, a los fines de que sea distribuido a un Tribunal de Control Ordinario. TERCERO: Líbrese oficio al Centro de Detención Estadal Amazonas, a los fines de que el ciudadano (IDENTIDAD OMITIDA), permanezca allí hasta tanto conozca un Tribunal de Control Ordinario.
Cúmplase.
Publíquese, regístrese, déjese copia y notifíquese. Se instruye a la ciudadana secretaria para que de cumplimiento a lo acordado en el auto que antecede.
LA JUEZA PRIMERA DE CONTROL SECCION ADOLESCENTES

Abg. Elisa Antonia Rodríguez.
LA SECRETARIA

Abg. Iris Salazar.
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
LA SECRETARIA

Abg. Iris Salazar.
Asunto: XP01-D-2009-109