REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL UNICO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, 21 de Octubre de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2008-001416
ASUNTO : XP01-P-2008-001416
Definitivamente firme como ha quedado la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primer Instancia Penal en Función de Juicio, de fecha 30 de Julio de 2009, mediante la cual ABSOLVIO al ciudadano ARSECIO GUTIERREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 21.548.542, residenciado en Barrio 5 de Julio a media cuadra del Boulevard casa Nº 06, verde con gris, nacido el 25 de mayo del 1964, hijo de Rafael Gutiérrez (V) profesión u oficio Comerciante, quien en la Audiencia Oral y Pública iniciada el día 21 de Mayo de 2009 y culminada el día 17 de Julio de 2009, de la comisión del delito de ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS, de conformidad con lo establecido en el articulo 83 de la Ley Sobre Sustancias Materiales y Desechos Peligrosos, en perjuicio de Estado Venezolano, este Juzgado observa que lo procedente y ajustado a Derecho es decretar la libertad plena del precitado ciudadano, por haber sido absuelto de la imputaciones hechas por el Ministerio Publico, de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.-
En consecuencia, se ordena oficiar al Jefe del División Nacional de Información Policial del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, con la finalidad de que el ciudadano ARSECIO GUTIERREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 21.548.542, sea excluido de cualquier solicitud policial que pudiera presentar con referencia, únicamente, a esta causa, que fue iniciada en fecha 11ENE08, por acusación presentada por la Fiscalía Séptima del Ministerio Publico ante el Juzgado Tercero en Función de Control, de este mismo Circuito Judicial Penal, por lo que se ordena el archivo y cuido de las presentes actuaciones, remítanse en su oportunidad legal a la Oficina de Archivos Judiciales. ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA
En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO UNICO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, OTORGA de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, la LIBERTAD PLENA del ciudadano ARSECIO GUTIERREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 21.548.542, residenciado en el Barrio 5 de Julio, a media cuadra del Boulevard, casa Nº 06, verde con gris, nacido en fecha 25 de mayo del 1964, de profesión u oficio Comerciante,
Regístrese y Notifíquese a las partes. Publíquese en la pagina Web y Remítase en su oportunidad legal al Archivo Judicial.
LA JUEZ (T) DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS
ABG. KIRA MATILDE AL ASSAD BARRIOS
LA SECRETARIA
ABG. LISIS ABREU ORTIZ
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