REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 14 de Abril de 2010
199º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2010-000092
ASUNTO : XP01-P-2010-000092

AUTO FUNDADO
Visto escrito suscrito por el Abog. FLORENCIO SILVA, quien con el carácter de Defensor Público Penal de los imputados FRANCISCO JAVIER ALVAREZ ESCOBAR, HERMES ANTONIO GONZALEZ ALVAREZ y JAMPIER CHARLIS FUIGUERA, plenamente identificados en autos, expone: “…en fecha 22 de Enero de 2010, se celebró Audiencia de Presentación donde se decretaron las medidas cautelares sustitutivas de libertad de conformidad con lo establecido en el articulo 256 del Código Orgánico procesal Penal, consistentes en la presentación cada Diez (10) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial.
…por encontrarse mis defendidos prestando servicio militar, siendo plaza del escuadrón de policía Aérea del Comando Aéreo de Operaciones de la Base Aérea “General en Jefe José Antonio Páez”, específicamente al Escuadrón de Policía Aérea de Comando.
… por considerar lo anterior, esta defensa solicita CAMBIO DE LA PRESENTACIONES PERIODICAS POR ANTE EL REFERIDO PUESTO DE COMANDO. Consignó con dicho escrito de solicitud, Constancias Expedidas por el Mayor LUIS FERRER GONZALEZ.

Ahora bien, revisado el Sistema Juris 2000, se puede constatar que efectivamente los imputados de autos han venido dando cumplimiento a las medidas impuestas por este Tribunal, pero, es el caso que habiendo consignado la Defensa Pública Penal, al realizar tal solicitud, Constancia de Integrantes del Contingente de Enero 2010, en proceso de formación, en el referido Comando, que avala tal solicitud, es por tal motivo que este Despacho considera de mero derecho otorgar el cambio de lugar de la presentaciones periódicas de los imputados de marras, pero que las mismas no serán modificadas en cuanto al tiempo de su cumplimiento, es decir, ya que las medidas otorgadas son para asegurar la comparecencia de los imputados a los demás actos del proceso y para ser cumplidas por estos tal como lo ordena el Tribunal. Asi se decide.

De igual manera es importante destacar, que el Representante del referido Comando, quien suscribe las Constancias respectivas, se le debe oficiar, para que Informe cada Quince (15) días a este Tribunal, sobre las Resultas del Cumplimiento de las medidas de presentación impuestas a los ciudadanos FRANCISCO JAVIER ALVAREZ ESCOBAR, HERMES ANTONIO GONZALEZ ALVAREZ y JAMPIER CHARLIS FUIGUERA, plenamente identificados en autos. Así se decide.
DISPOSISTIVA
Vista la solicitud presentada y las razones expuestas Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se pronuncia de la siguiente manera: Primero: Désele entrada al escrito antes mencionado y agréguese a la causa junto a los recaudos. Segundo: Se Acuerda Decretar Con Lugar la solicitud presentada por la Defensa Pública Penal, pero que las mismas no serán modificadas en cuanto al tiempo de su cumplimiento, es decir, ya que las medidas otorgadas son para asegurar la comparecencia de los imputados a los demás actos del proceso y para ser cumplidas por estos tal como lo ordena el Tribunal, es decir, cada diez (10) días y oficiar al ciudadano Mayor LUIS FERRER GONZALEZ, quien suscribe las Constancias respectivas, se le debe oficiar, para que Informe cada Quince (15) días a este Tribunal, sobre las Resultas del Cumplimiento de las medidas de presentación impuestas a los ciudadanos FRANCISCO JAVIER ALVAREZ ESCOBAR, HERMES ANTONIO GONZALEZ ALVAREZ y JAMPIER CHARLIS FUIGUERA, plenamente identificados en autos. Tercero: Notifíquese a las partes.
La Jueza Primero de Control

Abog. NORISOL MORENO ROMERO
La Secretaria

Abog. Lisis Abreu
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Conste.
La Secretaria
Abog. Lisis Abreu