REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
SALA DE JUICIO ÚNICA – JUEZA UNIPERSONAL N° 02

Puerto Ayacucho, catorce (14) de abril de dos mil diez (2010)
Años: 199° y 150°



Vista la anterior solicitud, suscrita por la ciudadana LISA SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.721.816, y los testigos promovidos y evacuados. En consecuencia, este Despacho Judicial a cargo de la Jueza Unipersonal N° 02 de la sala Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil declara las presentes actuaciones TITULO DE UNICO Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus FREDDY RODRÍGUEZ YARUMARE, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.086.498, a su persona y a sus hijos, los adolescentes JULIO HURBANO, LISIANA RAYANA, y los niños: IDENTIDADES OMITIDAS de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de 13, 12, 10, 08, 06, 04, 01 años de edad, respectivamente. Cumplidas las presentes diligencias, devuélvase por Secretaría todo original. Cúmplase.



ABG. MAGALY JOSEFINA CEBALLOS
JUEZA UNIPERSONAL N° 02 DE LA SALA DE JUICIO DEL
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS

EL SECRETARIO DE SALA (S)

ABG. YORS E. ACUÑA B.



SOL. Nº 1.382-S2.-
MJC/YEA/Juan C.