REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 13 de Agosto de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2010-002109
ASUNTO : XP01-P-2010-002109


AUTO DE ORDEN DE ALLANAMIENTO

Visto el escrito presentado por el ciudadano Fiscal Quinto del Ministerio Público, de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, Abg. LUIS JESUS CORREA BRICE, mediante el cual solicita a este Tribunal expida Orden de Allanamiento, a fin de que los funcionarios designados, adscritos a la Segunda Compañía del Destacamento de Fronteras N° 91 del Comando Regional N° 9 de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, la practiquen en la siguiente Dirección: Sector El Bajo de San Enrique, detrás de la Iglesia Evangélica, casa S/N, de color rosada con marrón y rejas blancas, Municipio Atures, Puerto Ayacucho estado Amazonas. El presente requerimiento obedece en virtud a denuncia de fecha 27/07/2010, suscrita por el ciudadano PAULO AURELIO ORTIZ, donde denuncia la venta clandestina de bebidas alcohólicas y drogas a los adolescentes. Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. ACUERDA: Expedir dicha Orden de Allanamiento, conforme a lo establecido en los artículos 210, 211 y 212 del Código Orgánico Procesal Penal, Esta Orden servirá a los fines de comprobar lo dicho en su denuncia por parte del ciudadano Pablo Aurelio Ortiz. En cuanto a lo contemplado en los artículos 210, 211 y 212, ibidem, se procederá de acuerdo a los procedimientos allí establecidos. Haciendo la salvedad que dicho Allanamiento se realizará en la totalidad del inmueble antes indicado. Para ello se autoriza por parte de la representación Fiscal solicitante y la Orden de este Tribunal a los efectivos adscritos a la Segunda Compañía del Destacamento de Fronteras N° 91 del Comando Regional N° 9 de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, comandada por el Teniente (GNB) JUAN CARLOS CASAÑA, los cuales quedan comisionados para tal fin. Esta Orden de Allanamiento tendrá una duración de siete (07) días. Cúmplase.-
La Juez Primero de Control



Abog. NORISOL MORENO ROMERO.

La Secretaria


Abg. Natacha Silva