REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS. SEDE PUERTO AYACUCHO. JURISDICCION MERCANTIL.
Puerto Ayacucho, Doce (12) de Agosto de Dos Mil Diez (2010).
200° y 151°

Vista la diligencia anterior de fecha 12-08-2010, suscrita por la ciudadana PAULA MANYULY RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.923.572, debidamente asistida por el Abogado CARLOS RAUL ZAMORA VERA titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.542.076 inscrito en el IPSA bajo el Nº 29.492, parte demandante en el juicio por COBRO DE BOLIVARES por el procedimiento de intimación, contra los ciudadanos JOSE FELIX RAGGI y LISTZI YULEY MARTINEZ DE RAGGI, ambos plenamente identificados en los autos, mediante la cual solicita al Tribunal le sea devuelto los originales de los cheques objeto de la presente demanda, así como del original del protesto de los cheques que corren inserto a los folios 3 al 5 del presente expediente; el Tribunal la acuerda de conformidad y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, le imparte su homologación de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil con el correspondiente archivo del expediente. Igualmente ordena hacer entrega de los originales de los cheques y del protesto de los mismos previa certificación en autos por secretaría. Cúmplase.-
EL JUEZ PROVISORIO,

ABOGº. HECTOR A. CRISTOFINI S.
EL SECRETARIO,

ABOG°. CARLOS A. HAY C.
HACS/CAHC/cely
EXP. MERC. N° 2010-1658