REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 31 de Enero de 2010

ASUNTO: XP01-D-2007-000039

ACTA DE AUDIENCIA DE IMPOSICION DE ORDEN DE CAPTURA

JUEZ Abg. Luís Guevara
SECRETARIA Abg. Prisci Acosta
ALGUACIL Alg. Willmer Aponte
FISCAL Abg. Carmen Teresa España
DEFENSOR Abg. Duviniana Benitez
IMPUTADO IDENTIDAD RESERVADA

En esta misma fecha, siendo las 10:00 a.m., se constituyó el Juzgado de Primera Instancia Penal en Función de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Amazonas, en la sala de Audiencias Nº 03 de este Circuito Judicial Penal, se constituye el tribunal con la presencia del Juez Abg. Luís Guevara, la Secretaria Abg. Prisci Acosta y el Alguacil Willmer Aponte, oportunidad fijada para realizar Audiencia de Imposición de Captura en la causa que se le sigue en contra de IDENTIDAD RESERVADA, de nacionalidad venezolana, natural de Puerto Ayacucho, de profesión u oficio Obrero, de 17 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº RESERVADO a quien se les imputa la comisión de uno de los delitos previstos y sancionados en el Código Penal, relativo Contra la Propiedad, en perjuicio IDENTIDAD RESERVADA. Se encuentran presentes la Fiscal Tercera del Ministerio Público Abg. Carmen Teresa España, la defensa publica Duviniana Benítez y el imputado de autos previo traslado desde la Dirección del Centro de Detención Judicial Amazonas. Acto seguido, el ciudadano Juez procede a explicar a las partes el motivo por el cual se fijo la presente audiencia el cual se realiza en virtud del oficio Nº 090-10, de fecha 30 de enero presentado por el Abg. Wilmer Herrera Lara, en su carácter de Comandante General de la Policía del Estado Amazonas, mediante el cual acusan recibo de comunicación Nº 062-10, del presente asunto, de fecha 21 de Enero de 2010, emanado de este Tribunal, en relación al contenido del referido oficio informa que el imputado de autos, a partir del 30ENE2010, esta recluido en el CEDJA con motivo del orden de captura librada por este Tribunal por no haber comparecido a las audiencias fijadas por este despacho los días 07AGOS2007, 19SEP2007 y 10OCT2007. En este se le concede el derecho de palabra al imputado de autos IDENTIDAD RESERVADA, de nacionalidad venezolana, natural de Puerto Ayacucho, de profesión u oficio Obrero, de 17 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº RESERVADO, quien manifestó lo siguiente: “yo no pude venir por que mi papa sufre del corazón y me lo lleve Caracas y no tengo recurso para venir y mi papa todavía esta en Caracas, es todo”. Se le concede la palabra al Tercero del Ministerio Público quien manifiesta que “no tengo nada que aportar, es todo”. Acto seguido, se le concede la palabra a la Defensa Pública, quien pregunto y el imputado contesto lo siguientes “ donde reside: Yo habito en el barrio RESERVADO, yo estoy radicado desde hace un año. En este acto el imputado de autos procede a aportar su nueva dirección al Tribunal para su ubicación una vez que se proceda a fijar la audiencia nuevamente la cual es la siguiente BARRIO RESERVADO SECTOR RESERVADO, CASA DE COLOR VERDE. . Este Juzgado Primero de Control Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: por cuanto el imputado de autos suministro la dirección para la ubicación del mismo se acuerda la libertad inmediata del ciudadano IDENTIDAD RESERVADA, titular de la Cédula de Identidad Nº RESERVADO, por lo que se ordena librar la correspondiente boleta de libertad al Director del Centro de Detención Judicial Amazonas. SEGUNDO: se acuerda oficiar al equipo multidisciplinario con el fin de solicitar fecha y hora para la practica de la evaluación psicosocial del imputado por cuanto la misma no ha sido practicada por la imposibilidad de ubicación del imputado de autos y una vez dada la cita por el equipo muldisciplinario se procederá a notificar al imputado. Quedan las partes notificadas de la decisión de conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo se termino, se leyó y conformes firman siendo las 10:34 de la mañana.
El Juez de Control Sección Adolescentes

Abog. Luís Guevara
La Fiscal del Ministerio Público

ABOG. Carmen Teresa España
La Defensa

Abog. Duviniana Benitez

El imputado

Juan Valentín González Tabera
La Secretaria

Abog. Prisci Acosta