REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 14 de Enero de 2010
199º y 150º



ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2007-000342
ASUNTO : XP01-P-2007-000342



AUTO DE HOMOLOGACION DE ARCHIVO FISCAL.-


Vista la solicitud interpuesta por la Abg. Evelys Muñoz, en su carácter de Fiscal Segundo del Ministerio Publico, en la cual aparece como presunto imputado CARLOS ALBERTO SANTA FE HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.802.647, en perjuicio del Estado Venezolano, antes de decidir observa:

PRIMERO: En fecha 25-04-2007, se realizo la audiencia de presentación del imputado CARLOS ALBERTO SANTA FE HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.802.647, quien aparece como presunto imputado del delito de USO DE CEDULA DE IDENTIDAD FALSA, previsto y sancionado en el articulo 45 de la Ley Orgánica de Identificación, en dicha audiencia la decisión fue: … PRIMERO Se califica la Aprehensión en Flagrancia, se acuerda la continuación del procedimiento ordinario a fin de que el Ministerio Público prosiga la investigación, por considerar que se encuentran llenos los extremos de los artículos 248 y 373 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por el delito de Uso de Cédula de Identidad Falsa, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio del Estado Venezolano. Así mismo. SEGUNDO: se impone de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 3 de la Ley Adjetiva Penal, medida cautelar consistente en Presentación periódica ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial del Estado Amazonas, cada 15 días, a partir del Viernes 27 de Abril de 2007, en un horario comprendido de (08:30) de la mañana, a (03:30) de la tarde, para lo cual deberá librarse el oficio correspondiente a la Unidad de Alguacilazgo a los fines de que tome las previsiones en tal sentido.…

SEGUNDO: En fecha 09-11-2009, la Abg. Evelys Muñoz, en su carácter de Fiscal Segundo del Ministerio Publico, presenta escrito en el cual solicita ARCHIVO FISCAL del presente asunto en virtud de que En consideración a lo expuesto, del análisis de los elementos de convicción recabados en la presente investigación, es posible inferir que los hechos objetos del proceso pueden ser subsumidas dentro de las previsiones del articulo 45 la Ley Organica de Identificación, que establece el delito de USO DE DOCUMENTO FALSO, no obstante, esta Representación Fiscal considera que por ahora no consta en autos la pluralidad de los elementos necesarios para comprometer la responsabilidad de sujeto alguno y proceder a su enjuiciamiento, ya que las resultas de las diligencias de investigación practicadas son insuficientes para establecer su identidad y con posterioridad su posible responsabilidad en los hechos…

TERCERO: En vista de que el Ministerio Publico ha presentado el ARCHIVO FISCAL de las presentes actuaciones, se ordena el cese de la Medida Cautelar Sustitutiva impuesta en fecha 25-04-2007 al imputado CARLOS ALBERTO SANTA FE HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.802.647 , de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, ofíciese a la Unidad de Alguacilazgo a los fines de hacer el registro respectivo en el cese de las presentaciones.- Así se decide.-

En consecuencia, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, ACUERDA: ARCHIVO de la presenta causa, en virtud de no existir suficientes elementos de convicción que puedan llegar a responsabilizar al imputado CARLOS ALBERTO SANTA FE HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.802.647, por la comisión del delito de USO DE CEDULA DE IDENTIDAD FALSA, previsto y sancionado en el articulo 45 de la Ley Orgánica de Identificación, por lo que cesan las Medidas Cautelares impuestas en audiencia de fecha 25-04-2007.-Así se decide.- Notifíquese a las partes de la presente decisión.-Cúmplase.-
La Jueza Tercera de Control,

Abg. América Alejandra Vivas H.
La Secretaria,

Abg. Anggi Medina.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
La Secretaria.-

Abg. Anggi Medina.