REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, Diecinueve (19) de Febrero de Dos Mil Diez (2010)
199º Y 150º
Visto el oficio N° XH110F02010000049, de fecha 17-02-2010, procedente del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Amazonas, mediante el cual declina la causa signada con el N° XH11-X-2009-000005, nomenclatura de ese Tribunal, por la materia, relativo a demanda de Intimación de Honorarios Profesionales, interpuesta por el Abogado LUIS SALAZAR RAMIREZ, venezolano mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cedula de Identidad Nro. V-1.565.720, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 68.295, actuando en este acto en su propio nombre e interés los cuales fueron causados en la causa N° XP11-L-2009-00048, sustanciada por ante el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Amazonas, incoada por el ciudadano JONATHAN RAFAEL HERNANDEZ TORRES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-16.767.229, a quien según sus dichos asistió en el proceso, contra la Cámara Municipal del Municipio Atures del Estado Amazonas, por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos.
Para decidir la admisibilidad o no de la presente acción el Tribunal lo hace previas las consideraciones siguientes:
De la revisión minuciosa a la presente causa se observa que la parte actora no consignó las copias certificadas de las actuaciones Judiciales mencionadas en su escrito de demanda, instrumento fundamental para la admisión de la misma, por lo que se declara inadmisible de conformidad con el artículo 340 numeral 3° del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
EL JUEZ PROVISORIO,
ABOG. HECTOR A. CRISTOFINI S.
EL SECRETARIO
ABOGº CARLOS A. HAY C.
HACS/CAHC/ Alba
Exp. N° 2010-1654
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