REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y
Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, trece (13) de julio del año dos mil diez (2010)
200º y 151º

ASUNTO: XP11-L-2010-000003
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:

PARTE ACTORA: NIORKA MARIA URDANETA HURTADO, titular de la cédula de identidad Nº V.- 15.500.739, venezolana, mayor de edad, domiciliada en Puerto Ayacucho, estado Amazonas.

ABOGADA ASISTENTE: ABG. LIRIAN GUAPE SOTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 8.945.616, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 125.918

PARTE DEMANDADA: ASOCIACIÓN CIVIL E.B. SAN JOSE DE MIRABAL VICARIATO APOSTOLICO. Representado por el ciudadano FELIX ALEXIS BRITO MUÑOZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 6.307.017, en su carácter de Director de la Institución.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ABG. MARIA DANIELA MALDONADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 8.008.548 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 26.664

SUSTITUTA DE LA PROCURADURA GENERAL DE LA REPUBLICA Y REPRESENTANTE DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN: ABG. NORMERY ALMEIDA NAVA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V.- 13.649.858 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 89.484.

MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.


SENTENCIA

En el día de hoy, martes trece (13) de julio del año dos mil diez (2010), siendo las nueve (9:00 a.m.) de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia preliminar en la presente causa, Se anunció el acto a las puertas de la Sala de espera de la Coordinación del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, por parte del alguacil, en voz alta: El ciudadano Juez ordenó verificar la asistencia de las partes, se hace constar que no compareció la parte demandante, solo compareciendo el representante de la parte demandada ciudadano FELIX ALEXIS BRITO MUÑOZ, ya identificado, en su carácter de Director de la Institución demandada así como de su apoderada judicial, Abg. MARIA DANIELA MALDONADO, ya identificada, de igual forma se deja constancia de la comparecencia a este acto de la abogada NORMERY ALMEIDA NAVA, en su carácter de Sustituta de la Procuradora General de la Republica y en representación del Ministerio del Poder Popular para la Educación, así mismo se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandada ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno.

MOTIVACIONES PARA DECIDIR

Visto que la acción corresponde a la parte demandante, y por ser esta de su interés legitimo procesal, y en virtud de la incomparecencia del mismo en el momento de celebrarse la audiencia preliminar, demostrando la falta de interés y produciendo los efectos jurídicos establecidos en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo: “Si el demandante no comparece a la audiencia preliminar se considerará desistido el procedimiento, terminado el proceso mediante sentencia oral que se reducirá en un acta, la cual deberá publicarse en la misma fecha.” En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, por inasistencia del demandante a la Audiencia Preliminar, quedando terminado el proceso, mediante la presente Sentencia, se ordena devolver las pruebas a las partes asistentes y se agregan al expediente la promoción de la parte demandante, así mismo no se ordena el archivo judicial de la presente causa laboral hasta tanto transcurra el lapso correspondiente para que el demandante ejerza los recursos a que hubiera lugar. Así se decide. Cúmplase.

PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada, en la sala del despacho de este Tribunal a las nueve horas con veinte minutos de la mañana (09:20 a.m.), del día de hoy trece (13) de julio de 2010. Año 200º de la Independencia y 151º de la Federación
EL JUEZ


Abg. HERMES BARRIOS FRONTADO



LA SECRETARIA