REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL N° 02
Puerto Ayacucho, veinticuatro (24) de marzo de dos mil diez (2010)
Años: 199° y 150°

Visto el anterior escrito y sus anexos, presentado por la ciudadana CARMEN ALBINA YAVINAPE DE SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.900.240, debidamente asistida en este acto por el abogado JUAN H. RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 128.558, mediante el cual consigna lo solicitado por este Tribunal en auto de fecha 05/03/2010, a fin de que le sea expedida la autorización judicial de venta solicitada en la presente causa; en tal sentido esta Servidora Judicial, acuerda expedir la referida autorización, para la venta de la casa propiedad del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de diecisiete (17) años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-21.107.562, y de los ciudadanos FRANCISCO JAVIER Y ZULMA ISABEL SILVA YAVINAPE, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros. V-17.105.682 y V-19.055.862, respectivamente. Líbrese lo conducente. Cúmplase lo ordenado.



ABG. MAGALY JOSEFINA CEBALLOS
JUEZ UNIPERSONAL N° 02 DE LA SALA DE JUICIO DEL
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONA
EL SECRETARIO DE SALA (S)


ABG. YORS E. ACUÑA B
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en auto.
EL SECRETARIO DE SALA (S)


ABG. YORS E. ACUÑA B.

SOL. 1.358-S2
MJC/YEA/IRIS