REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL N° 02
Puerto Ayacucho, Veintiséis (26) de Marzo del dos mil diez (2010)
Años: 199° y 150°



Vista la anterior solicitud, suscrita por la ciudadana YASMIRIAM COROMOTO ARAQUE DUARTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros V-12.486.229, y los testigos promovidos y evacuados. En consecuencia, este Despacho Judicial a cargo de la Juez Unipersonal N° 02 de la sala Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil declara las presentes actuaciones TITULO DE UNICO Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JOSE ANGEL LARA ORTEGA, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.877.542, a la ciudadana YASMIRIAM COROMOTO ARAQUE DUARTE, y a los niños IDENTIDADES OMITIDASde once (11), siete (07) y seis (06) años de edad, respectivamente. Cumplidas las presentes diligencias, devuélvase por Secretaria todo original. Cúmplase.



ABG. MAGALY JOSEFINA CEBALLOS
JUEZ UNIPERSONAL N° 02 DE LA SALA DE JUICIO DEL
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS

EL SECRETARIO DE SALA


ABG. YORS E. ACUÑA B.



SOL. Nº 1.375-S2.-
MJC/YEA/YURAIMA.