REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 1 de Marzo de 2010
199º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2005-000546
ASUNTO : XP01-P-2005-000546

Compete a este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial del Estado Amazonas, emitir pronunciamiento en la presente causa, en virtud de haber finalizado el plazo fijado para el cumplimiento de la Suspensión Condicional del Proceso al acusado JESÚS JAVIER HERNÁNDEZ BOSSIO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.813.469, plenamente identificado en los autos, a tal efecto este Juzgado hace las siguientes consideraciones:

A los fines de resolver, este Tribunal previamente observa:

Consta en actas que al ciudadano JESÚS JAVIER HERNÁNDEZ BOSSIO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.813.469, le fue otorgado la Suspensión Condicional del Proceso en fecha 03AGOS2009, por un lapso de TRES (03) MESES, en virtud de la acusación que presentó la Fiscalía Quinta del Ministerio Público en su contra por la comisión del delito de DEGRADACIÓN DE SUELO, TOPOGRAFÍA, Y PAISAJE, previsto y sancionado en segundo aparte del artículo 43 de la Ley Penal del Ambiente, en perjuicio del Estado Venezolano.

En este sentido, el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, establece entre otras cosas, que una vez finalizado el plazo o régimen de prueba, el Juez convocará a una audiencia a las partes y, luego de verificado el total y cabal cumplimiento de todas las obligaciones impuestas, se decretará el sobreseimiento de la causa.

Ahora bien, el día 02 del presente mes y año, estando presente las partes, se llevó a cabo la audiencia que contrae el artículo 45 de la Ley Penal Adjetiva, evidenciándose que el ciudadano MARCO ANTONIO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de Identidad Nº 10.658.800, cumplió con las obligaciones impuestas, que consistieron en: 1- Presentarse ante la Unidad de alguacilazgo de este Circuito Judicial, cada 30 días, por el tiempo que dure la suspensión y 2- Presentarse ante la Unidad de Apoyo Técnico Nº 10 de este Circuito Judicial, en consecuencia, lo procedente y ajustado a derecho es decretar, como en efecto se hace, el Sobreseimiento de la Causa a favor del ciudadano JESÚS JAVIER HERNÁNDEZ BOSSIO, conforme al artículo 318, último aparte, concatenado con el 45 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE.

DISPOSITIVA

En base a los anteriormente expuesto, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA seguida contra el ciudadano JESÚS JAVIER HERNÁNDEZ BOSSIO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.813.469, por la comisión del DEGRADACIÓN DE SUELO, TOPOGRAFÍA, Y PAISAJE, previsto y sancionado en segundo aparte del artículo 43 de la Ley Penal del Ambiente, conforme al artículo 318, último aparte, concatenado con el 45 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, déjese copia de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en la sede del Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas.
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

MARILYN DE JESUS COLMENARES
LA SECRETARIA

YOSMAR ROSALES