REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 2 de Marzo de 2010
199º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2009-000453
ASUNTO : XP01-P-2009-000453


AUTO DE HOMOLOGACIÓN DE ARCHIVO FISCAL.-


Vista la solicitud interpuesta por el Abg. JUAN CARLOS BARLETTA, en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Publico, en la cual aparece como presuntos imputados RAMON BELISARIO, PAULO PALMERO Y RAFAEL , por la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZAS, previsto y sancionado en los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana CARMEN HURTADO DE BASTIDAS, antes de decidir observa:

PRIMERO: En fecha 01-10-2008, se recibe ante la Fiscalia Superior del Ministerio Publico procedente de la Comandancia General de Policía del Estado Amazonas, las actuaciones relacionadas con la denuncia formulada por la ciudadana CARMEN HURTADO DE BASTIDAS, por la presunta comisión de uno de los delitos contemplados en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.-

SEGUNDO: En fecha 06-05-2009, el Abg. JUAN CARLOS BARLETTA, en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Publico, presenta escrito en el cual solicita ARCHIVO FISCAL del presente asunto en virtud que Ahora bien, por cuanto el resultado de las investigaciones resulta insuficiente para presentar una acusar, al no arrojar suficientes elementos de convicción para estimar que dicha investigación proporciona fundamento serio para el enjuiciamiento publico de los presuntos agresores RAMON BELISARIO, PAULO PALMERO Y RAFAEL, antes identificado, y en virtud de no haber surgido nuevos elementos que comprometan la conducta de los mismos, considera esta Representación Fiscal que lo procedente en derecho es DECRETAR EL ARCHIVO FISCAL DE LA PRESENTE CAUSA, y que si se llegare a tener conocimiento de algún otro elemento de convicción, muy especialmente los dirigidos a ampliar la denuncia de la victima, identificación plena del presunto agresor e imposición de Medidas de Seguridad y Protección al mismo, que permita formular otra decisión, la misma sea reabierta para su continuación, atendiendo con el presente archivo a garantizar los derechos de la victima en este caso…

TERCERO: En vista de que el Ministerio Publico ha presentado el ARCHIVO FISCAL de las presentes actuaciones, lo mas ajustado a derecho es homologar el Archivo de las actuaciones por parte del Ministerio Publico, de conformidad a lo establecido en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal.- Así se decide.-

Por lo antes expuesto, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA: ARCHIVO FISCAL de la presenta causa, en virtud de no existir suficientes elementos de convicción que puedan llegar a responsabilizar a los presuntos agresores RAMON BELISARIO, PAULO PALMERO Y RAFAEL - Así se decide.- Líbrese los oficios respectivos y Notifíquese a las partes de la presente decisión.-Cúmplase.-
La Jueza Tercera de Control,

Abg., América Alejandra Vivas H.
La Secretaria,

Abg. Natacha Silva.-