REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 5 de Mayo de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : XP01-D-2010-000065
ASUNTO : XP01-D-2010-000065

AUTO FUNDADO

Visto el Informe proveniente de la CASA DE FORMACIÓN INTEGRAL AMAZONAS, suscrito por los MAESTROS GUÍAS JOSÉ CEDENO y RANGEL YONCAR, donde informan hechos suscitados en ese centro el día sábado 24- 04- 2010 siendo las 6:15 p.m. donde por las explicaciones explanadas en dicho informe, los adolescente involucrados generaron riñas, discusiones, golpes y hasta amenazas de muerte, estando dentro de los adolescentes involucrados IDENTIDADES RESERVADAS, quienes están a la orden de este Tribunal de Control. Visto y analizado el mismo, este Tribunal Único en Función de Control para el Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente de esta Circunscripción Judicial acuerda: PRIMERO: Darle entrada al mismo por no ser contrario a derecho. SEGUNDO: Notificar a la Dirección de la Casa de Formación Integral Amazonas sobre la obligación que tienen en darle cumplimiento al Reglamento Interno de la Institución, donde deben encontrarse las medidas de seguridad, donde presumo se encontrará lo previsto en el artículo 638 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescentes en caso de estos comportamientos por cuanto manifiesta el Informe que hubo golpes, por lo que se debe remitir a los adolescentes lesionados al médico forense a los fines de que determine la gravedad de las mismas y así proceder la Dirección de esa Casa de Formación a denunciar ante el Ministerio Público, en virtud de estarse ante otro presunto delito y determinar las responsabilidades abriendo otro expediente. TERCERO: Notifíquese a la Dirección de la Casa de Formación Integral Amazonas sobre la recomendación dada por este Tribunal de Control. CUARTO: Notifíquese al ciudadano Fiscal del Ministerio Público y a la defensa respectiva de los adolescentes. QUINTO: Agregar a cada causa de los adolescentes arriba mencionados, copia del informe y del presente auto. SEXTO: notifíquese lo conducente, prosiga su curso de Ley. Cúmplase.
LA JUEZA DE CONTROL

ABG. LUISA CEQUEA PALACIOS
LA SECRETARIA

ABG. JOHANNA LA ROSA BRITO
De seguida se le dio cumplimiento a lo acordado en auto
LA SECRETARIA
ABG. JOHANNA LA ROSA BRITO