REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 18 de Mayo de 2010
200º y 151º


ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2010-000631
ASUNTO : XP01-P-2010-000631


AUTO

Vista la solicitud interpuesta por el Abg. Luís Perdomo, en su condición de Fiscal Segundo © del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, mediante la cual requiere la Autorización y Traslado del ciudadano imputado OSWALDO RODRIGUEZ LUCES titular de la cedula de identidad numero V 13.325.084, quien se encuentra detenido en el Centro Estadal de Detención Judicial del Estado Amazonas a la sede de ese Circuito Judicial en compañía de su abogado de confianza, a los fines de extraer muestra sanguínea al ciudadano imputado OSWALDO RODRIGUEZ LUCES titular de la cedula de identidad numero V 13.325.084, muestra que será tomada por punción distal (en el dedo) utilizando lancetas desechables, colocando varias gotas de sangre sobre el soporte FTA, ejerciéndose debidamente mediante el procedimiento que se anexa al presente oficio y que fuese remitido a este despacho por el Laboratorio de identificación de Genética.

Este Tribunal antes de decidir, previamente observa y considera.

En fecha 12 de MAYO de 2010, en su condición de Fiscal Segundo © del Ministerio Publico, solicitó la realización de una Prueba a los fines de EXTRAER MUESTRA SANGUINEA, fundamentado en lo siguiente:

“…a los fines de extraer muestra sanguínea al ciudadano imputado OSWALDO RODRIGUEZ LUCES titular de la cedula de identidad numero V 13.325.084, muestra que será tomada por punción distal (en el dedo) utilizando lancetas desechables, colocando varias gotas de sangre sobre el soporte FTA, ejerciéndose debidamente mediante el procedimiento que se anexa al presente oficio y que fuese remitido a este despacho por el Laboratorio de identificación de Genética.
…La presente solicitud obedece en llevar a cabo una investigación transparente, garantizando los procesos judiciales en todas sus fases, el respeto de los derechos y garantías constitucionales, actuando con objetividad y buena fe….” (Sic).

Ahora bien, luego del estudio y análisis del escrito presentado por el Fiscal Segundo © del Ministerio Publico, se observa que la presente solicitud versa sobre la autorización y traslado del imputado a la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas de esta localidad, a los fines de extraer muestra sanguínea, en consecuencia lo procedente y ajustado a derecho es declara CON LUGAR la autorización y traslado del imputado OSWALDO RODRIGUEZ LUCES a la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, en compañía de su abogado defensor a los fines de EXTRAER MUESTRA SANGUINEA, haciéndose la salvedad que el mismo debe hacerse con el respeto de los derechos y garantías constitucionales establecidos en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.- Y ASÍ SE DECLARA.

DISPOSITIVA

Por todas las razones antes expuestas, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, la solicitud interpuesta por Abg. Luís Perdomo, en su condición de Fiscal Segundo © del Ministerio Publico, la autorización y traslado del imputado OSWALDO RODRIGUEZ LUCES a la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, en compañía de su abogado defensor a los fines de EXTRAER MUESTRA SANGUINEA.-
SEGUNDO: Notifíquese a la Fiscalia del Ministerio Público, a la defensa, a la victima.-Líbrese lo conducente.-
Regístrese, publíquese, déjese copia y notifíquese la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la sede del Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, a los DIECIOCHO (18) días del mes de MAYO del año dos mil diez. 200° años de la Independencia y 151° años de la Federación.
LA JUEZA TERCERA DE CONTROL.

Abg. AMERICA ALEJANDRA VIVAS H


LA SECRETARIA

ABG. NATACHA SILVA.-