REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ATURES Y AUTANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS.
Puerto Ayacucho, Ocho (08) de Noviembre de Dos Mil Diez (2010)
200º y 151º
Vista la anterior diligencia suscrita por la Abogada ADTHERELIVMAR GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.451.231, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 71.754, en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana CELISAB INMACULADA VALOR PEREIRA, identificada en autos, parte demandante y la ciudadana MARTHA CECILIA GUARTERO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.629.428, debidamente asistida por el Abogado OSCAR COBO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 121.725, parte en el presente juicio, mediante la cual DESISTE de la presente acción en los términos de la diligencia que en un (1) solo folio útil consigna, el Tribunal por cuanto tal actuación no es contraria a derecho al orden público ni está prohibida por la Ley y versa sobre derechos disponibles le imparte su homologación de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y ordena el correspondiente archivo del expediente. Cúmplase.-
EL JUEZ PROVISORIO,
ABOGº. HECTOR A. CRISTOFINI S.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
CELY MENARE VIERA
HACS/CAHC/cely
EXP. CIVIL N° 2010-1.751