En horas de despacho del día de hoy, ocho (08) de Abril del año 2011, siendo las 10:00 a.m, oportunidad procesal para que tenga lugar la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, en el juicio que por Inquisición de Paternidad, se lleva en el asunto: JMS1-116, se deja expresa constancia que se anuncio el acto a las puertas del Tribunal, luego de haber esperado diez (10) minutos y solo se constató la presencia del ciudadano: ROMER SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nro.- V.- 13.741.556, debidamente asistido por el abogado VICENTE ANNITO, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nro.- V.- 4.086.908, e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 117.772, se deja constancia de la incomparecencia de la ciudadana: MILCA AURORA GARCIA NEITE, parte accionante de la causa, razón por la cual de conformidad con lo previsto en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Juzgado de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese, regístrese y agréguese al expediente la presente decisión. Cúmplase.-
EL JUEZ,


Abg. MARIO A. MARCANO ESCOBAR

LA SECRETARIA ACC,



Abg. YURAIMA GUACHUPIRO


ASUNTO: JMS1 126-5797.- (Mario)