REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DEL CIRCUITO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, cuatro (04) de Agosto de 2011
Años: 201° y 152°


Vista la anterior solicitud, suscrita por la ciudadana YESSICA ADRIANA MARQUEZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.676.449, además de promovidos y evacuados como han sido los testigos. En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones como Justificativo para la perpetua memoria, para los fines legales que le conciernen al solicitante de autos. Cumplidas las presentes diligencias, devuélvase por Secretaría todo original. Cúmplase.
EL JUEZ


ABG. MARIO A. MARCANO ESCOBAR.
EL SECRETARIO

ABG. JUAN CONTRERAS.




SOL. Nº JMS1-548
MAME/JJC/Héctor.