REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
JUZGADO DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCUIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL CURCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO AMAZONAS

ASUNTO: JMS1-693-

ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR

En horas de despacho del día de hoy 14/12/2011, siendo las 09:30, horas de la mañana, oportunidad fijada por este Juzgado de Mediación y Sustanciación para que tenga lugar la Fase de Sustanciación de la audiencia preliminar, con ocasión de la demanda de Régimen de Convivencia familiar, en beneficio de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES. Se deja constancia que se anunció el acto a las puertas del Tribunal, y se otorgó un lapso de espera de diez (10) minutos, y solo se constató la presencia del ciudadano: ANDERSON ESPAÑA SILVA, colombiano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad N° E-84.409.321, en su condición de parte pasiva del asunto, y la incomparecencia de la ciudadana KATTY YICELA SUÁREZ TRIVIÑO. De igual forma, se deja constancia de la asistencia de la Fiscal Tercera del Ministerio Público Abg. CARMEN TERESA ESPAÑA ESPINOZA y de la Defensora Pública Primera con competencia en el Sistema Integral de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ABG. ODALYS SANDREA, En consecuencia, este Tribunal deja expresa constancia que el Juez explico a la parte en que consiste la Fase de Sustanciación, su finalidad y conveniencia y otorgó la palabra de conformidad con lo previsto en el artículo 474 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; Seguidamente se le otorgó la palabra al accionado quien manifestó: “Ciudadano Juez, en virtud de la incomparecencia de la ciudadana KATTY YICELA SUÁREZ TRIVIÑO, madre de mi niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES pues, se fue con la niña a la ciudad de Valencia estado Carabobo, desconociendo por ahora su dirección, yo convengo con el Régimen de Convivencia Familiar propuesto por ella en el libelo de demanda en los términos siguientes: Compartir con mi hija en vacaciones escolares, festividades de carnaval, semana santa, días feriados, festividades navideñas y demás días importantes, los cuales serán de forma alternada, comprometiéndome yo con los gastos de traslado de mi hija. Ese es el régimen que ella sugirió y yo lo acepto, por eso solicito se homologue. Haré lo posible por conseguir la dirección de ubicación de la madre de mi hija para que se cumpla este Régimen de Convivencia en beneficio de mi niña. Es todo.” Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al convenio suscrito por los ciudadanos: ANDERSON ESPAÑA SILVA y KATTY YICELA SUÁREZ TRIVIÑO, ambos de nacionalidad colombiana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° E-84.409.321 y E-84.409.322, de conformidad con lo previsto en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Terminó, se leyó y conformes firman. Cúmplase.-
EL JUEZ,


ABG. MARIO A. MARCANO ESCOBAR.
EL SECRETARIO,


ABG. JUAN JOSUÉ CONTRERAS B.





EL COMPARECIENTE. LA DEFENSORA




EL ALGUACIL
LA FISCAL 3RA.






ASUNTO: 693.-

MAM/Juan C.-