REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN
FUNCIONES DE JUICIO DEL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS
EN SU NOMBRE

Puerto Ayacucho, 31 de Enero de 2011
200° y 151°
ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2008-000310
ASUNTO : XP01-P-2008-000310

Corresponde a este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, emitir pronunciamiento de oficio, en razón de las incomparecencias de la ciudadana escabina MELISSA CARMEN JULIA GUINARE ÁLVAREZ, en la causa seguida contra de los ciudadanos MARIA CATIVE CADENAS, MARIA ELENA GUAPE INFANTE y FLORENCIO ANTONIO GONZALEZ, a quienes la Fiscalia Primera del Ministerio Público les imputa la presunta comisión del delito de USURPACIÓN, previsto y sancionado en el art. 471 del Código Penal, y así mismo a la imputada MARIA ELENA GUAPE INFANTE, por la comisión del delito de AMENAZAS, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana YUSMELI ELEONORA LEDEZMA RODRÍGUEZ.

Este Tribunal antes de decidir, previamente observa y considera.

En fecha 02NOV2010, fecha en la cual se encontraba fijada la Audiencia Oral y Pública de la presente causa, la cual no se pudo llevar a cabo, por inasistencia de la ciudadana Escabina MELISSA CARMEN JULIA GUINARE ÁLVAREZ, se encontraba enferma de paludismo.

En fecha 31ENE2011, fecha en la que se encontraba fijada la Audiencia Oral y Pública de la presente causa, la misma no se pudo llevar a cabo, por inasistencia de la ciudadana Escabina MELISSA CARMEN JULIA GUINARE ÁLVAREZ, toda vez que en fecha 27ENE2011, la Lic. Yorika Gutiérrez, Técnico III, Adscrita a la Oficina de Participación Ciudadana de este Circuito Judicial Penal, remitió a este Juzgado, copia fotostática del reposo medico prescrito a la referida Escabina, toda vez que la misma se encuentra de reposo pre y post natal.

En razón de la imposibilidad manifiesta que presenta la escabina supra indicada de comparecer al Juicio Oral y Público que ha de celebrarse en el caso bajo examen, y a los fines de evitar una justicia sin dilaciones indebidas y de garantizar un debido proceso, el derecho a la defensa, lo consecuente y ajustado a derecho en el presente caso es, dejar SIN EFECTO la designación como Escabino Principal que recayera sobre la ciudadana MELISSA CARMEN JULIA GUINARE ÁLVAREZ. Y ASI SE DECIDE.

En otro Orden de ideas, visto que en la presente causa, no existe Escabino Suplente, es por lo que se ACUERDA convocar a un Sorteo Extraordinario, todo de conformidad con el articulo 158 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA

En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ACUERDA dejar SIN EFECTO la designación como Escabino Principal que recayera sobre la ciudadana MELISSA CARMEN JULIA GUINARE ÁLVAREZ, titular de la Cedula de Identidad V-16.767.116.
SEGUNDO: se ACUERDA convocar a un Sorteo Extraordinario, todo de conformidad con el articulo 158 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Fíjese la Audiencia Oral y Pública, de Sorteo Extraordinario de Selección de Escabinos

Publíquese, diarícese, Notifíquese y déjese copia de la misma.
Dada, firmada y sellada en la sede del Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, a los 31 días del mes de Enero del año dos mil Diez. 200° años de la independencia y 151° años de la federación.
EL JUEZ

DR. ARGENIS O. UTRERA MARIN
LA SECRETARIA

ABG. ANGGI MEDINA







ASUNTO PRINCIPAL : XK01-P-2008-00310