REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 20 de Enero de 2011
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2009-000094
ASUNTO : XP01-P-2009-000094
AUTO ACORDANDO EXTENSIÓN DE PRESENTACIONES
En virtud de haber sido designada para ejercer funciones como Jueza Provisoria del Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en reunión de fecha 13/12/2010, según oficio Nº CJ-10-2684, de fecha 14 de diciembre de 2010, suscrito por la Dra. Luisa Estella Morales Lamuño, Presidenta de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia; y convocada por la Dra. Marilyn de Jesús Colmenares, Presidenta del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, el día lunes 17ENE2011; en sustitución de la Abg. LUZMILA MEJIAS PEÑA, me ABOCO al conocimiento de la presente causa, seguida al ciudadano ANGEL RAFAEL MARCANO GUEVARA, titular de la cédula de identidad N°18.269.502, a partir de esta fecha.
Corresponde a este Tribunal Único de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, emitir decisión sobre la solicitud presentada ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, el día 18ENER2011, por la abogado Azalia Lugo Beatriz Lugo Moreno, Defensora Pública Tercera Penal, en representación de la Defensoría Cuarta Penal del estado Amazonas, por la cual solicita se le otorgue una extensión en las presentaciones, impuestas a su defendido, ciudadano ANGEL RAFAEL MARCANO GUEVARA, titular de la cédula de identidad N°18.269.502, y que las mismas sean cada quince (15) días por ante la Unidad de Alguacilazgo, toda vez que la que actualmente cumple interfiere con el derecho constitucional al trabajo; conforme lo preceptuado en los artículos 26 y 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado, emite la decisión correspondiente, a los fines de dar una oportuna y adecuada respuesta, ante de ello, esta Juzgadora, observa lo siguiente:
Por cuanto se desprende de las actas que conforma el presente asunto, el penado ANGEL RAFAEL MARCANO GUEVARA, titular de la cédula de identidad N°18.269.502, fue condenado a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS, NUEVE (9) MESES de prisión, por ser cómplice del delito de ROBO previsto y sancionado en el articulo 455 del Código Penal, concatenado con el 84.1 ejusdem, decretándole así el Tribunal Segundo de Juicio, medidas cautelares sustitutiva de la Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, siendo una de ellas, presentarse cada ocho (08) días ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, específicamente, los días lunes de cada semana y siendo que la pena impuesta no excede de cinco años que es el límite establecido en el numeral 2 del artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, para optar a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, este Tribunal Único de Ejecución, ordenó en fecha 21ABRIL2010, librar oficio dirigido a la Unidad técnica Nº 10 con sede en esta ciudad de Puerto Ayacucho, a los fines de que se sirva designar equipo técnico para la evaluación Psicosocial a que se contrae el artículo 493 numeral 1 en concordancia con el 500 numeral 3 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, no teniéndose respuesta alguna con respecto a dicha solicitud, se ordena ratificar el referido oficio y de conformidad con los artículos 26 y 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se acuerda extender el régimen de presentaciones del ciudadano ANGEL RAFAEL MARCANO GUEVARA, titular de la cédula de identidad N°18.269.502 a cada quince (15) días ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal del estado Amazonas.
Se instruye a la ciudadana Secretaria, asentar en el Sistema Juris 2000, el Fin del Régimen de Presentaciones del ciudadano ANGEL RAFAEL MARCANO GUEVARA, titular de la cédula de identidad N°18.269.502, asimismo la apertura de un nuevo régimen de presentaciones, cada quince (15) días. Líbrese Boleta de Notificación al penado de autos, y a la solicitante.
DISPOSITIVA
En base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este JUZGADO ÚNICO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda la EXTENSIÓN DEL RÉGIMEN DE PRESENTACIONES a favor del penado ANGEL RAFAEL MARCANO GUEVARA, titular de la cédula de identidad N°18.269.502, a cada quince (15) días ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal del estado Amazonas.
Notifíquese lo conducente a la Fiscal Cuarta del Ministerio Público del Estado Amazonas, la Defensa y al penado de autos de la presente decisión.
Se instruye al ciudadano secretario para que de cumplimiento a lo acordado en el auto que antecede. Cúmplase.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, lugar desde donde despacha el Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas. En Puerto Ayacucho a los veinte (20) días del mes de Enero de 2011.
LA JUEZ UNICA DE EJECUCIÓN
JOHANNA LA ROSA BRITO
EL SECRETARIO
MARGELYS CASANOVA