REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 7 de Febrero de 2011
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2010-002943
ASUNTO : XP01-P-2010-002943



Vista la solicitud presentado por el Abg. Leonel Márquez, en su carácter de Defensor Publico Quinto Penal de la ciudadana REINA MARITZA GONZALEZ, en virtud de…Es el caso honorable Juez, que el imputado de autos cumple actualmente entre otras condiciones, el deber de presentarse una (01) vez cada (08) días por ante la unidad de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. En este Sentido, manifiesta el acusado de autos, que esta medida restrictiva de su libertad afecta el desarrollo de sus actividades laborales y familiares, por lo cual requiere que se le conceda un Alargamiento en su Régimen de presentaciones. Ahora bien, el Código Orgánico Procesal Penal en el articulo 246 establece que las medidas de coerción personal se ejecutaran de modo que perjudique lo menos posible a los afectados, por lo cual SOLICITO se le conceda a la imputada, un alargamiento en su régimen de presentaciones, para que en lo sucesivo se presente en una (01) vez cada (30) días…

Este Tribunal antes de decidir observa:

PRIMERO: De la revisión de las presentes actuaciones se puede observar que la imputada REINA MARITZA GONZALEZ, se le dicto MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, en fecha 12-10-2010, por la presunta comisión del delito de LESIONES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 414 del Código Penal, emitiendose el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se califica la aprehensión en flagrancia, de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, de la ciudadana REINA MARITZA GONZALEZ MEDINA, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V-14.565.972, natural de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, de 29 años de edad, nacida el 24/12/1978, de estado civil soltera, ocupación u oficio del hogar, residenciada en el Barrio el Morichal, de esta Ciudad, por la presunta comisión del delito de LESIONES GRAVES, previsto en el artículo 414, del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana DORALIS ELIZABETH BRACA BLANCA. SEGUNDO: Se decreta el procedimiento ordinario, a fin de proseguir con la investigación pertinente, conforme a lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se le impone Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de la Libertad, de presentación cada ocho (08) días por ante la Unidad de Alguacilazgo del Circuito Judicial Amazonas, a partir del día de mañana 13 de octubre de 2010, en horario comprendido en tres las 08:30 de la mañana y las 03:30 horas de la tarde, así como la prohibición de acercamiento a la victima, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 256 numerales 3 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal.

SEGUNDO: Se hace la revisión del Sistema Juris 2000 y se evidencia que el misma ha cumplido a cabalidad con las presentaciones impuestas en fecha 12-10-2010, por lo cual se infiere que el imputado esta en la disponibilidad de someterse a los actos del proceso, por lo que considera esta Juzgadora que lo ajustado a derecho es concederle la extensión del periodo de presentación de cada OCHO (08) DIAS A TREINTA (30) días, contados a partir del 9 de Febrero del año en curso.-Así de decide.-

En consecuencia, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley: Modifica la presentación periódica de la imputada REINA MARITZA GONZALEZ, cada TREINTA (30) días, contados a partir del 09 de Febrero del año en curso, de conformidad con lo establecido en el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.-Cúmplase.-Líbrese los oficios y notificaciones respectivas.-
La Jueza Tercera de Control.-

Abg. América Alejandra Vivas H.


La Secretaria.-

Abg. Amuraby España.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
La Secretaria.-

Abg. Amuraby España.-