REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 6 de Julio de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2011-001598
ASUNTO : XP01-P-2011-001598

AUTO FUNDADO
Visto escrito, presentado en fecha 02 de Julio del presente año, suscrito por el ciudadano Abg. FLORENCIO SILVA, quien en su carácter de Defensor Público Penal del acusado NESTOR BRAVO ORTEGA, plenamente identificado en la presente causa, quien expone: “…a fin de solicitar con carácter de urgencia de conformidad con los artículos 264 y 256 del Código Orgánico Procesal Penal,… como es de su conocimiento, de entrevista realizada al ciudadano NESTOR BRAVO ORTEGA, en el día de hoy (02-07-2011),… manifestado por el jefe de custodios y demás funcionarios del Centro Estadal de Detención Judicial Amazonas, y el mismo se encuentra muy enfermo de Sífilis, SIDA, tuberculosis, y como pido observar de la gravedad de la enfermedad, si no es atendido de manera urgente por los médicos respectivos y del cuidado familiar en cuanto a la alimentación, corre el peligro de perder la vida, siendo asi, se debe tomar en cuenta la salud como derecho humano, fundamental que el Estado tiene el deber de garantizarla como señala el articulo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela…, Solicito a este Tribunal, la revisión de la medida de privación judicial preventiva de libertad y acuerde con carácter de urgencia a favor de mi defendido ut supra una medida cautelar sustitutiva menos gravosa de las previstas en el articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal ”

En virtud del contenido del mencionado escrito, este Tribunal pasa a pronunciarse al respecto:

Quien aquí suscribe, ante tal solicitud y tomando como punto de partida que en fecha 02 de Julio del presente año, fue realizada en las instalaciones del Centro Estadal de Detención Judicial Amazonas, a objeto que los jueces debidamente constituidos, sostengan entrevistas con los detenidos y se proveyera de atención e información de interés para dichos internos, la cual se realizó según instrucciones de la Presidencia de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, lo cual fue comunicado a esta juzgadora mediante oficio N° 1148-11, emanado de la Presidencia de este Circuito Judicial Penal, es necesario acotar que efectivamente, en el momento que el ciudadano acusado NESTOR BRAVO ORTEGA, se encontraba realizando entrevista con mi persona, pude notar su deterioro físico y es cuando solicité información verbal e inmediata, a los custodios de dicho Centro de Internamiento, quienes me informaron que efectivamente el ciudadano acusado NESTOR BRAVO ORTEGA, se encontraba sufriendo enfermedades, tales como: Sífilis, SIDA, tuberculosis, y como pido observar de la gravedad de la enfermedad, que existen Informes al respecto, pero que no pudieron ser localizados, pero que el mismo acusado, le mostró a esta juzgadora un récipe medico que contenía una serie de recomendaciones, indicando además que sufría de Tuberculosis.

Ahora bien ante esta situación tan delicada, me dirigí a realizar conversación con el ciudadano Defensor FLORENCIO SILVA, la Representación de la Fiscalía Primera del Ministerio Público, quienes también se encontraban en el recinto de dicho Centro de Reclusión y con la ciudadana Presidenta y Jueza Rectora de este Circuito Judicial Penal, Dra. Marilin Colmenares y con la Jueza de Ejecución de este Circuito Judicial, a quien se le solicitó información al respecto, manifestándome la Dra. Johanna La Rosa, que estaba en la espera de los resultados de los exámenes practicados a los internos y procesados allí recluidos entre los cuales se encuentra el acusado de marras.
Ahora bien, por los motivos expuestos, es necesario que se acuerde, ordenar la evaluación del acusado NESTOR BRAVO ORTEGA, titular de la cedula de identidad N° V- 17.656.201 de manera urgente, a objeto evaluado por el Medico Forense, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas del estado Amazonas, e indicarle que se levante Informe al respecto y sea remitido con carácter de Urgencia a este Tribunal.

DISPOSITIVA

Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se pronuncia en los siguientes términos DECRETA: PRIMERO: Se Acuerda, ordenar la evaluación del acusado NESTOR BRAVO ORTEGA, titular de la cedula de identidad N° V- 17.656.201 de manera urgente, a objeto evaluado por el Medico Forense, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas del estado Amazonas, e indicarle objeto que se levante Informe al respecto y sea remitido con carácter de Urgencia a este Tribunal. SEGUNDO: Líbrese la Boleta de traslado. TERCERO: ofíciese al Médico Forense a objeto que se traslade al Centro Estadal de Detención Judicial Amazonas a objeto que realice evaluación al acusado de marras y remita a este Tribunal, de manera urgente el Informe que levante al respecto. Cúmplase.

La Jueza
Abog. NORISOL MORENO ROMERO

La Secretaria
Abg. JENNY MANSO DE ROA

En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Conste.

La Secretaria
Abg. JENNY MANSO DE ROA