REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal de Circuito Judicial Penal de Puerto Ayacucho
Sección Adolescente

Puerto Ayacucho, 22 de Julio de 2011
201º y 152º


ASUNTO PRINCIPAL : XP01-D-2008-000074
ASUNTO : XP01-D-2008-000074


RATIFICACION DE UBICACIÓN Y CAPTURA DEL ADOLESCENTE POR SER EXTRANJERO ANTE LA INTERPOL DEL CICPC



Revisada como ha sido la presente causa se observa, que ha sido imposible a través del Consulado de la República Bolivariana de Venezuela en Puerto Inárida Colombia, que se ubique al adolescente cuya IDENTIDAD OMITIDA de conformidad con el artículo 65 LOPNNA, quien es colombiano titular de la Tarjeta de Identidad N° 90.123.053.744, residenciado en Puerto Inirida Barrio Primavera, Segunda Etapa, Casa S/N, hijo de Virginia Betancourt (v) y Lucas Molina García (v) a quien se le sigue la presente causa del delito de ACTIVIDADES EN ÁREAS ESPECIALES Y ECOSISTEMAS NATURALES, por OCUPACIÓN ILÍCITA DE UN ÁREA BAJO RÉGIMEN DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL (ABRAE). Es por lo que este Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite el siguiente Pronunciamiento: PRIMERO se RATIFICA ORDEN DE CAPTURA de fecha 20/10/10, dirigida al Cuerpo de Investigaciones Científica Penales y Criminalistica, a cargo de INTERPOL del estado Amazonas a los fines de que ubiquen y capturen al referido adolescente, y una vez capturado sea trasladado con las seguridades del caso a la Casa de Formación Integral Amazonas, ubicada en la Urbanización Chaparralito en la ciudad de Puerto Ayacucho del estado Amazonas, más no deberán dejarlo en el Centro de Detención Judicial Amazonas (CEDJA) u otro centro de internamiento judicial para adultos, haciéndole esta advertencia igualmente al CEDJA, y una vez allí recluido que la Dirección de esta Casa de Formación, lo ingrese e informe de inmediato a este Tribunal, para que sea trasladado y pasar a realizar la Audiencia Preliminar que se encuentra pendiente por la conducta contumaz de dicho adolescente. SEGUNDO: Notifíquese a las partes. Prosiga su curso de ley. Cúmplase.

LA JUEZA ÚNICA DE CONTROL ADOLESCENTES


ABG. MIRLA TERESA CASTRO PARRA

LA SECRETARIA



ABG. IRIS SALAZAR MORALES.