En horas de despacho del día de hoy, seis (06) de Junio del año 2011, siendo la oportunidad procesal para que tenga lugar la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, en el juicio que por Responsabilidad de crianza se lleva en el asunto: JMS1-475, se deja expresa constancia que se anuncio el acto a las puertas del Tribunal y solo se constató la incomparecencia de las partes, ciudadanos: JAIME HUMBERTO BACCA BUITRAGO y ELIZABETH DEL ROSARIO MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.- V.- 7.438.640 Y V-17.676.072; No obstante se deja constancia de la presencia de la Fiscal tercero del Ministerio Público, Abogada CARMEN TERESA ESPAÑA ESPINOZA, razón por la cual de conformidad con lo previsto en el contenido del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Juzgado de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese, regístrese y agréguese al expediente la presente decisión. Cúmplase.-
EL JUEZ,


Abg. MARIO A. MARCANO ESCOBAR

EL SECRETARIO ,



Abg. JUAN JOSUÉ CONTRERAS B.


LA FISCAL 3RO. DEL MINISTERIO PÚBLICO.





ASUNTO: JMS1-475.- (Mario)