REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 17 de Junio de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2011-003444
ASUNTO : XP01-P-2011-003444
AUTO DE SOBRESEIMIENTO
Por ante este despacho se recibió de la Fiscalía cuarta del Ministerio Público escrito de solicitud de sobreseimiento a favor de personas por identificar, por prescripción generada debido al transcurso del tiempo por prescripción judicial según lo fundamenta la vindicta pública, Expte, 02FS- 3210-08.
HECHOS OBJETO DEL PROCESO
Se inicia la investigación en fecha 02 de septiembre de 2008, mediante denuncia interpuesta por los ciudadanos, ARROYO PENSO JESUS DAVID, DIMAS GARCIA MARCIAL ALISANDO y GUZMAN DIAZ YOSER ELIECER, donde señalan que funcionarios adscritos a la comandancia de policía del estado amazonas, los agredieron físicamente.
RAZONES DE HECHO Y DE DERECHO EN QUE SE FUNDA LA DECISION
Según las actas que comprenden el expediente respectivo y de las diligencias efectuadas por la representación fiscal se desprende que a pesar de la falta de certeza no existe razonablemente la posibilidad de incorporar elementos nuevos a la investigación y en consecuencia lo procedente es decretar el sobreseimiento de conformidad con el numeral 4 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
Por todas estas razones a tenor de lo establecido en el numeral 8 del artículo 48, numeral 4 del artículo 318, artículo 323 y artículo 324, todos del Código Orgánico Penal, este Juzgado de Control Tres Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la solicitud de sobreseimiento interpuesto por el Ministerio Público a favor de, personas desconocidas
SEGUNDO: Por cuanto los motivos que justifican el sobreseimiento se desglosan de las actas respetivas este juzgado estima que no se requirió el debate para dictar la presente decisión.
TERCERO: Notifíquese a las partes. Líbrense oficios.
EL Juez Primero de Control
Abg. WILMAN FERNANDO JIMENEZ ROMERO
La Secretaria
Abg. Natacha Silva
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Conste.
La Secretaria
Abg. Natacha Silva
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