REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas
Puerto Ayacucho, 28 de Junio de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2010-001709
ASUNTO : XP01-P-2010-001709

AUTO FUNDADO


Visto que en fecha 21 de Junio de 2011, debidamente constituido el Tribunal, Primero de Juicio en la Sala de audiencias, Nº 03 de este Circuito Judicial con la presencia de la Juez ABG. NORISOL MORENO ROMERO, la Secretaria Abg. PEDTRA CASTILLO, el alguacil DANIEL CARDENAS, los Escabinos MIRNA MARLENES MENDOZA y JOSE LEONARDO CASTRO BLANCO, así como la escabina suplente YUMAR MARIA RUIZ ORTEGA, oportunidad fijada para celebrar la audiencia de CONTINUACIÓN DE JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a los Ciudadanos OSCAR EUCLIDES RIVAS GUERRERO, titular de la cédula de identidad Nº V-18835755 e ISABEL PONARE GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° 18506867, a quienes se les sigue causa por la presunta comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, en perjuicio JOSE BLADIMIR CARVAJAL, en virtud que ante la verificación de la presencia de las partes necesarias para dar continuación al juicio oral y público por parte de la Secretaria, “…y al efecto la secretaria, dejó constancia que se encuentran presentes en la sala, el Defensor Público Tercero Penal, ABG. AZALIA LUGO, y los escabinos de la causa, y El Abg. Mariana Franco, Fiscal Primero encargado de la Fiscalía Primera del Ministerio. Se deja constancia además, de que la acusada ISABEL PONARE GONZALEZ, no se encuentra presente que, el acusado de autos OSCAR EUCLIDES RIVAS GUERRERO, no ha sido trasladado, manifestó el ciudadano Alguacil de sala, presente en la sala la victima de la presente causa José Bladimir Carvajal.

Seguidamente, solicita y Se le concede el derecho de palabra a la Defensora Pública Tercera Abg. AZALIA LUGO, quien manifestó: “…Buenos tardes , viendo que es la segunda vez que el traslado es devuelto en virtud de no haber sido librada la boleta por ante el cedja, situación que se verificó en horas de la mañana, en conversación sostenida con el director del centro, abg, Carlos Carmona, a pesar de esta situación esta defensa le manifestó que a las 2: 00 de la tarde mi defendido tendría la audiencia de apertura de juicio , siendo trasladado a la hora correspondiente, a pesar de no haber practicado la boleta de traslado en el centro, pero como es costumbre dicha boleta se entrega una vez que el traslado haga acto de presencia en el circuito judicial, ocurriendo en este caso, que mi defendido fue devuelto, por no poder hacerle entrega de la boleta de traslado, en virtud de la defensa solicitó revisar la pieza N° 04, donde consten las resultas de las boletas, a lo cual, donde no pudo realizar dicha revisión por cuanto el alguacil de sala informó que no aparece, creando un estado de indefensión a mi defendido, en virtud de ello solicito se de respuesta el motivo por el cual la defensa no pudo tener acceso al expediente ( ultima pieza) así mismo se verifique si la boleta de traslado, fue practicada, por quien y cuando fue recibida en el Centro de Detención Judicial Amazonas, requiero se verifique inmediatamente a los fines de que le den respuesta a la defensa, de forma inmediata, de conformidad con el artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, solicito copia certificada de la presente acta, es todo”.

Ahora bien, Vista la solicitud de la ciudadana defensora tercera pública penal, de conformidad con lo establecido en los artículos 172 y 177 del Código Orgánico procesal Penal, se le dará respuesta oportuna a las mismas en los siguientes términos:
Primero: En cuanto al primer pedimento: “…solicito se de respuesta el motivo por el cual la defensa no pudo tener acceso al expediente (ultima pieza)…”.
Tal como se puede verificar en el expediente, esta juzgadora, realizó auto fundado de Revisión de Medida, en fecha 20 de Junio de 2011, y por cuanto la ciudadana Luisa castillo, asistente del Pool de Asistentes, de este Circuito Judicial Penal, se encontraba, realizando Boletas de Notificación del mencionado auto, siendo por ello que no pudo ser revisado dicho expediente por parte de la defensa, por estar realizando las boletas de manera urgente.

En cuanto al segundo pedimento: “…así mismo se verifique si la boleta de traslado, fue practicada, por quien y cuando fue recibida en el Centro de Detención Judicial Amazonas, requiero se verifique inmediatamente a los fines de que le den respuesta a la defensa…”.

Es el caso, que esta juzgadora, ante tal situación, solicitó Informes sobre la no practica de la Boleta de Traslado, al acusado de marras, para la audiencia de apertura del juicio oral, en primer lugar: a los funcionarios 1.- Secretaria Administrativa y de Sala de este Tribunal Primero de Juicio, Abg. JENNY MANSO DE ROA, quien en forma resumida indica en su informe: “ …posterior a la audiencia celebrada el 31 de Mayo de 2011, se entregó por parte de mi persona el expediente a la Coordinadora de asistentes, tal como se evidencia de la copia del libro llevado por la secretaria, a los fines de que el expediente fuese distribuido al asistente asignado y que el mismo trabajara lo indicado para la apertura del juicio oral, para celebrarse el día 21 de Junio a las 02:00, horas de la tarde, e3videnciandose que el expediente se quedó en la coordinación y no fue pasado para realizar el trabajo de boletas de traslado, citaciones y otros, …”.
Asimismo, se le solicitó informe al ciudadano Alguacil de Sala DANIEL CARDENAS, quien en forma resumida manifestó: “ La defensora pública Azalia Lugo, me preguntó si se había realizado el traslado del acusado OSCAR EUCLIDES RIVAS , …en el presente asunto, y se le informó que no había llegado el traslado de dicho ciudadano, la defensora manifestó que ella misma había realizado llamada telefónica al Director de l CEDJA, para que le efectuar el traslado a su defendido, e igualmente se le entregaría la boleta una vez que arribara el traslado, la defensora solicitó revisar la última pieza del expediente para verificar si se había practicado y consignado la boleta de traslado, por lo que se le informó que debería solicitarlo a la secretaria del tribunal que lo andaba buscando en ese momento, asimismo me solicitó que quería hablar con la ciudadana Juez y se le manifestó que la misma se encontraba en su despacho revisando las consignaciones del presente asunto, todo ello consta en el presente expediente.

Verificada como ha sido la NO presencia de las partes necesarias para dar inicio al presente juicio. ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y AUTORIDAD DE LA LEY emitió los siguientes pronunciamientos. PRIMERO: se difiere el presente acto y se fija una nueva oportunidad para el día VIERNES 01 DE JULIO DE 2011, A LAS 9:00 DE LA MAÑANA., fecha que se revisó conforme y de acuerdo a la Agenda única llevada por los Tribunales Penales de este Circuito Judicial, fecha en la cual se observa que no hay coincidencias entre las partes. SEGUNDO: Líbrese boleta de traslado al Ciudadano Acusado Oscar Euclides Guerrero; boleta de citación a la acusada Isabel Ponare y, la victima de la presente causa José Bladimir Carvajal, a los testigos y expertos. Promovidos. La ciudadana jueza se pronunciara por auto separado de la solicitud de la defensa pública. Quedan los presentes notificados de la presente decisión, de conformidad con el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.

Es el caso, que la fecha de la siguiente oportunidad para la apertura del juicio oral y público, se fijó de forma perentoria, por cuanto tal situación de no haber realizado la boleta de traslado y las citaciones a los testigos y expertos, no es responsabilidad de la Jueza del Tribunal, tal como se puede verificar en los informes presentados por los funcionarios a quienes se les delegó dichas diligencias y cada quien realizó, su informe y se realizó asimismo levantamiento de las actas respectivas y sanciones a dichos ciudadanos, lo cual también será remitido a la Presidenta de este Circuito Judicial Penal, y establecer las responsabilidades del caso.

Por todo, se ACUERDA, consignar a la causa, los informes presentados por cada uno de los funcionarios, los cuales están a disposición de las partes. Se acuerda Expedir las Copias Certificadas del Acta de fecha 21 de Junio de 2011, a la Representación de la Defensa. Notifíquese a las partes del presente auto. Asi se decide.
DISPOSITIVA

Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se pronuncia en los siguientes términos DECRETA: PRIMERO: Vista la solicitud presentada por la Defensora Pública Penal, Abg. Azalia Lugo, en fecha 21 de Junio de 2011, este Tribunal decidió informar a la defensa lo siguiente: En cuanto al primer pedimento: “…solicito se de respuesta el motivo por el cual la defensa no pudo tener acceso al expediente (ultima pieza)…”.
Tal como se puede verificar en el expediente, esta juzgadora, realizó auto fundado de Revisión de Medida, en fecha 20 de Junio de 2011, y por cuanto la ciudadana Luisa castillo, asistente del Pool de Asistentes, de este Circuito Judicial Penal, se encontraba, realizando Boletas de Notificación del mencionado auto, siendo por ello que no pudo ser revisado dicho expediente por parte de la defensa, por estar realizando las boletas de manera urgente.

En cuanto al segundo pedimento: “…así mismo se verifique si la boleta de traslado, fue practicada, por quien y cuando fue recibida en el Centro de Detención Judicial Amazonas, requiero se verifique inmediatamente a los fines de que le den respuesta a la defensa…”.

Es el caso, que esta juzgadora, ante tal situación, solicitó Informes sobre la no practica de la Boleta de Traslado, al acusado de marras, para la audiencia de apertura del juicio oral, en primer lugar: a los funcionarios 1.- Secretaria Administrativa y de Sala de este Tribunal Primero de Juicio, Abg. JENNY MANSO DE ROA, quien en forma resumida indica en su informe: “ …posterior a la audiencia celebrada el 31 de Mayo de 2011, se entregó por parte de mi persona el expediente a la Coordinadora de asistentes, tal como se evidencia de la copia del libro llevado por la secretaria, a los fines de que el expediente fuese distribuido al asistente asignado y que el mismo trabajara lo indicado para la apertura del juicio oral, para celebrarse el día 21 de Junio a las 02:00, horas de la tarde, e3videnciandose que el expediente se quedó en la coordinación y no fue pasado para realizar el trabajo de boletas de traslado, citaciones y otros, …”.
2.- Asimismo, se le solicitó informe al ciudadano Alguacil de Sala DANIEL CARDENAS, quien en forma resumida manifestó: “ La defensora pública Azalia Lugo, me preguntó si se había realizado el traslado del acusado OSCAR EUCLIDES RIVAS , …en el presente asunto, y se le informó que no había llegado el traslado de dicho ciudadano, la defensora manifestó que ella misma había realizado llamada telefónica al Director de l CEDJA, para que le efectuar el traslado a su defendido, e igualmente se le entregaría la boleta una vez que arribara el traslado, la defensora solicitó revisar la última pieza del expediente para verificar si se había practicado y consignado la boleta de traslado, por lo que se le informó que debería solicitarlo a la secretaria del tribunal que lo andaba buscando en ese momento, asimismo me solicitó que quería hablar con la ciudadana Juez y se le manifestó que la misma se encontraba en su despacho revisando las consignaciones del presente asunto, todo ello consta en el presente expediente.
SEGUNDO: 3.- Se le solicitó Copias del Libro de asignación de trabajo a los expedientes, por parte de la Coordinadora de Asistentes Abg. AMURABI ESPAÑA, la cual consta en el expediente.
4.- Se le solicitó Informe al ciudadano Asistente Alejandro Sanguinetti, el cual consta en el Expediente.
TERCERO: Se acuerda Expedir Copia Certificada del Acta de fecha 21 de Junio de 2011, a la Representación de la Defensa. CUARTO: Notifíquese a las partes del presente auto. QUINTO: Remítase Copia el presente auto y los Informes respectivos a la Presidenta de este Circuito Judicial Penal. Cúmplase.
La Jueza Primero de Juicio.
Abog. NORISOL MORENO ROMERO

La Secretaria
Abog. NATACHA SILVA