REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
JUZGADO DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCUIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL CURCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO AMAZONAS
ASUNTO: JMS1-383

ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR

En horas de despacho del día de hoy 11/05/2011, siendo las 12:00, horas de la mañana, comparecieron voluntariamente por este Juzgado de Mediación y Sustanciación los ciudadanos: GARCIA GUERRERO PATRICIA y DIDIER ELISEO OSORIO ENAO, colombiana la primera y el segundo venezolano, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nros.- 52.286.586 y 27.645.734, renunciando al lapso legal de comparecencia, a los fines de llevar a cabo la Fase de Mediación de la audiencia preliminar, con ocasión de la demanda de Fijación de Obligación de Manutención, presentada en beneficio del niño: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES. Acto seguido, la progenitora del niño manifestó: “Ciudadano Juez, desisto de la presente causa. Es todo.” Finalmente el demandado señaló: “Estoy de acuerdo en el desistimiento. Es todo.” Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al desistimiento formulado por los ciudadanos: GARCIA GUERRERO PATRICIA y DIDIER ELISEO OSORIO ENAO, colombiana la primera y el segundo venezolano, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nros.- 52.286.586 y 27.645.734, de conformidad con lo previsto en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Cúmplase.-
EL JUEZ,



ABG. MARIO A. MARCANO ESCOBAR.
LA SECRETARIA ACC,



ABG. YURAIMA GUACHUPIRO.

LAS PARTES


ASUNTO: JMS1-383