En horas de despacho del día de hoy, doce (12) de Mayo del año 2011, siendo las 02:00 a.m, oportunidad procesal para que tenga lugar la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, en el juicio que por Revisión de Obligación de Manutención se lleva en el asunto: JMS1-392, se deja expresa constancia que se anunció el acto a las puertas del Tribunal, luego de haber esperado diez (10) minutos y no se constató la presencia de las partes del proceso ciudadanos: NELLY HERNÁNDEZ DÍAZ y BILLI DIAMAN CUNICHE INFANTE, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nros.- V.-18.243.745 y V-19.173.168. Se deja constancia de la presencia de la Fiscal tercera del Ministerio Público con competencia en el Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes ABG. CARMEN TERESA ESPAÑA ESPINOZA. En tal sentido; de conformidad con lo previsto en el contenido del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Juzgado de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese, regístrese y agréguese al expediente la presente decisión. Cúmplase.-
EL JUEZ,


Abg. MARIO A. MARCANO ESCOBAR

LA SECRETARIA ACC,



Abg. YURAIMA GUACHUPIRO


LA FISCAL,



ABG. CARMEN TERESA ESPAÑA ESPINOZA




ASUNTO: JMS1-392.- (Mario)