En horas de despacho del día de hoy, Veinte (20) de Mayo del año 2011, siendo las 2:30 a.m, oportunidad procesal para que tenga lugar la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, en el juicio que por Fijación de Obligación de manutención se lleva en el asunto: JMS1-256-6641, se deja expresa constancia que se anuncio el acto a las puertas del Tribunal, luego de haber esperado quince (15) minutos y no se constató la presencia de las partes del proceso ciudadanos: ALEXIS EDUARDO ALAJE LARA y KAILENY DE LOS ANGELES PRATO FIGUEREDO, venezolanos, mayores de edad, y titulares de la cédulas de identidad Nros.- V.- 13.714.536 y 16.766.880. Se deja constancia de la presencia de la Fiscal Tercera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial ABG. SARA DELVALLE UZCATEGUI GONZALEZ. En tal sentido; de conformidad con lo previsto en el contenido del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Juzgado de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese, regístrese y agréguese al expediente la presente decisión. Cúmplase.-
EL JUEZ,


Abg. MARIO A. MARCANO ESCOBAR

LA SECRETARIA ACC,



Abg. YURAIMA GUACHUPIRO


LA FISCAL TERCERA







ASUNTO: JMS1-256-6641.- (Mario)