REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
JUZGADO DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCUIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL CURCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO AMAZONAS
ASUNTO: JMS1-241-6545-
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR

En horas de despacho del día de hoy 04/05/2011, siendo las 11:30, horas de la mañana, oportunidad fijada por este Juzgado de Mediación y Sustanciación para que tenga lugar la Fase de Sustanciación de la audiencia preliminar, con ocasión de la demanda de Colocación Familiar ventilada a favor de la niña: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, de seis (06) año de edad , se deja constancia que comparecieron los ciudadanos: YUDITH ELIZABETH CONTRERAS GUTIERREZ, RENNY GONZALEZ BLANCO y ANTONIO PEREZ, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio, y portadores de las cédulas de identidad Nros.- V.- 9.195.956, 11.092.687 y 8.901.927, en sus condiciones de parte demandante los dos primeros antes mencionados y el segundo demandado,. De igual manera, se deja constancia de la comparecencia de la Fiscal Tercera del Ministerio Público Abg. CARMEN TERESA ESPAÑA, con competencia en el Sistema Integral de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Asimismo, se deja constancia de la juramentación del ciudadano: SIXTO MENDOZA, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nro.- 8.947.009, en su condición de interprete de la parte demandada, quien habla solo lengua Piaroa, seguidamente el Juez le indicó que levantara la mano derecha a los fines de ser juramentado, y juro Cumplir fielmente la traducción requerida, este Tribunal deja expresa constancia que el Juez explico a las partes en que consiste la Fase de Sustanciación, su finalidad y conveniencia y otorgó la palabra de conformidad con lo previsto en el artículo 474 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes a la parte demandante, quien de seguidas señaló: “Ciudadano Juez, desistimos de la acción promovida toda vez que la niña se encuentra con sus progenitores. Es todo.” En este acto el Juez toma la palabra y a través del intérprete hace la siguiente pregunta. ¿Señor ANTONIO PEREZ, está usted de acuerdo en asumir conjuntamente con su esposa la responsabilidad de Crianza de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES?, a lo que respondió: “Sí estoy de acuerdo en que me hija siga con nosotros en nuestra comunidad, por lo que me comprometo a velar por todas sus necesidades, y a permitir el ejercicio del régimen de convivencia que tiene la familia sustituta que la mantuvo todos estos años. Es todo.” este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN el desistimiento suscrito por los ciudadanos: YUDITH ELIZABETH CONTRERAS y RENNY GONZALEZ BLANCO, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nros.- 9.195.956 y 11.092.687, de conformidad con lo previsto en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente. Cúmplase.-
EL JUEZ,


ABG. MARIO A. MARCANO ESCOBAR.
LA SECRETARIA ACC,


ABG. YURAIMA GUACHUPIRO.


LAS PARTES
EL INTÉRPRETE



LA FISCAL TERCERA






ASUNTO: JMS1-241-6545