REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, 22 de Noviembre del año 2011
200° y 152°


En horas de despacho del día de hoy, Veintidós (22) de Noviembre del año 2011, siendo las 02:00, horas de la tarde, oportunidad procesal para que tenga lugar la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, en el juicio que por Fijación de Obligación de manutención se lleva en el asunto: JMS1-196, se deja expresa constancia que se anuncio el acto a las puertas del Tribunal a la hora establecida, y se dejó un lapso de espera de quince (15) minutos y no se constató la presencia de las partes del proceso ciudadanos: DANIEL JOSE MEDINA y CHRISTRIAN YERANIA PANTOJA JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.- V.- 12.935.087 y 16.766.471. Por tal razón, este Juzgado de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso, de conformidad con lo previsto en el contenido del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Cúmplase.-
EL JUEZ,


Abg. MARIO A. MARCANO ESCOBAR
EL SECRETARIO DE SALA,


Abg. JUAN JOSUE CONTRERAS




ASUNTO: JMS1-196.- (Mario)