REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, 22 de noviembre de 2011
201° y 152°
Vista la diligencia de fecha 18 de noviembre de 2011, presentada por el abogado Luís Gonzalo Barrios Patiño, titular de la cédula de identidad N° V-8.946.086, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.291, actuando en su carácter de Síndico Procurador Municipal del Municipio Autónomo Atures del estado Amazonas, mediante la cual solicita “…la reposición de la causa y la nulidad de todo lo actuado, por que no se envió a mi representada copia certificada de los anexos de la demanda…”, este Tribunal, observa que efectivamente se incurrió en un error involuntario al momento de librar la notificación y citación al Alcalde del Municipio Autónomo Atures y al Síndico Municipal del Municipio Autónomo Atures del estado Amazonas, respectivamente, pues, no se les remitió los anexos que acompañó la demanda, en tal sentido se ordena, dejar sin efecto parcialmente el auto de admisión de la demanda y con fundamento a lo establecido en el artículo 153 de la Ley del Poder Público Municipal, este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, ordena la notificación del ciudadano OMAR PATIÑO, en su carácter de Alcalde del Municipio Autónomo Atures del estado Amazonas y la citación del Síndico Procurador Municipal del Municipio Autónomo Atures del estado Amazonas, para que comparezca por ante este Tribunal en el término de cuarenta y cinco (45) días continuos, una vez conste en autos la notificación y citación debidamente practicadas, en el horario comprendido entre las 8:30 a.m. y 3:30 p.m., para dar contestación a la presente demanda. Cúmplase.
El Juez,

Abog. Trino Javier Torres Blanco
La Secretaria,
Abog. Mercedes Hernández
Exp. N° 2011-6909
Delia