REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
JUZGADO DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCUIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL CURCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO AMAZONAS

ASUNTO: TI1-5596
ACTA DE MEDIACIÓN

En horas de Despacho del día de hoy, 17/10/2011, siendo las 09:30 horas de la mañana, comparecieron por ante este Tribunal de Mediación y Sustanciación, los ciudadanos MARIA ANTONIETA TORRES ORTIZ y VISTOR JOSÉ ACOSTA MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.565.425 y Nº 15.105.932, el primero de los nombrados asistido por el Abg. CARLOS RAUL ZAMORA VERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.542.076, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 29.492, a los fines de sostener entrevista con el ciudadano Juez, con ocasión de la demanda de Régimen de Convivencia Familiar, llevada en el presente asunto, en beneficio del niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES. Este Tribunal deja expresa constancia que luego de haber explicado a las partes la finalidad de la mediación su utilidad y conveniencia, le otorgó la palabra a la parte actora, quien señaló lo siguiente: ciudadano Juez, desisto del proceso sustanciado en la presente causa. Es Todo”. Seguidamente la parte accionada señaló: Estoy de acuerdo con el desistimiento formulado por el padre de mi hijo en la presente causa. Es todo”. Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Transitorio, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACION, al convenio suscrito entre los ciudadanos MARIA ANTONIETA TORRES ORTIZ y VISTOR JOSÉ ACOSTA MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.565.425 y Nº 15.105.932, de conformidad con lo establecido en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Cúmplase.-
EL JUEZ

Abg. MARIO A. MARCANO ESCOBAR. EL SECRETARIO


Abg. JUAN JOSUE CONTRERAS

LAS PARTES,



ASUNTO: TI1-5.596