REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DEL CIRCUITO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, veinticuatro (24) de Octubre de 2011
Años: 201° y 152°
Vista la anterior acta levantada en esta misma fecha, mediante la cual se dejó constancia de la comparecencia voluntaria por ante este Juzgado la ciudadana LILIA OROZCO VALERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.107.938, quien sostuvo una entrevista con el ciudadano Juez de la presente causa y trató lo conducente en relación a la misma; asimismo, solicitó a este Juzgado se le renueve la Colocación Familiar Provisional otorgada a la ciudadana MARIA DE JESUS GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.900.236, en beneficio de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÒN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, de tres (03) años de edad, por cuanto la anterior esta por vencerse; del mismo modo solicitó llevar la referida constancia para entregársela a la ciudadana MARIA DE JESUS GONZALEZ, ya identificada, en virtud de lo lejos que vive y por lo costoso del viaje para trasladarse a esta ciudad de Puerto Ayacucho del estado Amazonas; en consecuencia, este Tribunal del Circuito de Protección de Niños, Niñas y adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, de conformidad con lo establecido en el literal “e” del Parágrafo Primero del Artículo 466 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, acuerda prorrogar la Colocación Provisional solicitada en favor de la prenombrada niña, en el hogar de la ciudadana MARIA DE JESUS GONZALEZ, identificada anteriormente, por el lapso de tres (03) meses a partir de la presente fecha. Líbrese Constancia. Cúmplase lo ordenado.-
EL JUEZ
Abg. MARIO A. MARCANO E.
EL SECRETARIO
Abg. JUAN JOSUE CONTRERAS.
En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en autos.
EL SECRETARIO
Abg. JUAN JOSUE CONTRERAS.
Exp. Nº JMS1 – 239
MAME/JJC/Héctor.
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