REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCUIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL CURCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO AMAZONAS
ASUNTO: JMS1- 731
ACTA DE MEDIACIÓN
En horas de despacho del día de hoy 28 de Octubre de 2011, siendo las 2:30, siendo la hora y fecha fijada por este Tribunal, a los fines de llevar a cabo la Audiencia Preliminar de la Fase de Mediación en la presente causa de Custodia, entre los ciudadanos: JOSE LUCIANO CAMICO y HELEN SULEICA GUTIERREZ GUTIERREZ y YAJAIRA BIANEY PAYEMA CAMICO, venezolanos, mayores de edad y portadores de las cédulas de identidad Nros.- 12.173.693 y 19.805.417 respectivamente, en beneficio de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, de cinco (05) años de edad. Por consiguiente, una vez anunciado el acto por el Alguacil adscrito a este Circuito de Protección del Estado Amazonas, se constató la presencia de los prenombrados ciudadanos y de la presencia en el recinto de este Tribunal de la Fiscal (E) del Ministerio Público, la Abg. SARA DELVALLE GONZALEZ. Una vez presentes las partes en el Despacho del ciudadano Juez fueron impuestos de las generalidades de Ley. Asimismo, el Juez tomó la palabra y explico a las partes sobre la finalidad, conveniencia y utilidad de la Mediación. Seguidamente, se le concedió la palabra las partes del proceso, quienes manifestaron su deseo de DESISTIR del asunto que nos ocupa en virtud de que llegaron a un acuerdo con el Régimen de Convivencia Familiar llevado en la causa Nº JMS1 – 747 y así ponen fin a la instancia demandada por Régimen de Crianza. Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al Desistimiento efectuado por los ciudadanos: JOSE LUCIANO CAMICO y HELEN SULEICA GUTIERREZ GUTIERREZ y YAJAIRA BIANEY PAYEMA CAMICO, venezolanos, mayores de edad y portadores de las cédulas de identidad Nros.- 12.173.693 y 19.805.417 respectivamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia. Cúmplase.-
EL JUEZ,
ABG. MARIO A. MARCANO ESCOBAR.
LAS PARTES:
LA FISCAL:
EL SECRETARIO DE SALA,
ABG. JUAN JOSUE CONTRERAS.
ASUNTO: JMS1- 731
MAME/JC/Héctor.
|