REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DEL CIRCUITO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS

ACTA DE SUSTANCIACION
En horas de despacho del día de hoy, 05 de Octubre de 2011, siendo las 09:30 a.m., oportunidad procesal para que tenga lugar la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, en el juicio que por Fijación de la Obligación de Manutención, se lleva en el asunto Nº JMS1-594, se deja expresa constancia que se anunció el acto a las puertas del Tribunal a la hora establecida y se dejó un lapso de espera de treinta (30) minutos y no se constató la presencia de las partes, ciudadanos VICENTA LOREIDA BRITO BRITO y JOSE CRISTOBAL ABREU CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-20.720.089 y V-20.436.536, se deja constancia de la incomparecencia de la fiscal tercero del Ministerio Público, razón por la cual de conformidad con lo previsto en el contenido del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Juzgado de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Cúmplase.
EL JUEZ,

Abg. MARIO A. MARCANO ESCOBAR.

EL SECRETARIO,


Abg. JUAN JOSUE CONTRERAS B.
ASUNTO Nº JMS1-594