REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL
Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, 12 de abril del 2012
201º y 153º
Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por el profesional del derecho ÁNGEL MORENO PRADA, titular de la cedula de identidad Nº V-8.043.047, abogado en ejercicio, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 76.711, actuando en su condición de Apoderado Judicial de la ciudadana JOSEFA GREGORIA PÉREZ ÁLVAREZ, titular de la cedula de identidad Nº V-1.569.112, parte accionante en la presente causa de tercería; este Tribunal pasa a resolver sobre las pruebas promovidas en los siguientes términos:
En relación al titulo denominado “DOCUMENTALES”, donde constan las pruebas documentales promovidas en los puntos “1.-”, “1.-”, “2.-”, “3.-” “4.-”, “5.-”, “6.-” “7.-” y “8.-“, referidos a los anexos marcados “A”, “1”, “B”, “A”, “B”, “C”, “D”, “E” y “F” este Juzgado admite las mismas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con lo establecido en el articulo 398 del Código de Procedimiento Civil y así se decide.
El Juez Provisorio,
Trino Javier Torres Blanco
La Secretaria,
Abog. Mercedes Hernández
Exp. Nº 2008-6754
TJTB/MH/Karen