REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO AMAZONAS
Puerto Ayacucho, 25 de abril de 2012.
202° y 153°
Por recibido en la secretaria de este Tribunal en fecha 24/04/2012, a las 11:30 a.m, el oficio N° 249-2012, de fecha 23 de abril de 2012, procedente de la Corte de Apelaciones en lo Penal, Responsabilidad Penal y Adolescentes, Tribunal Superior Civil, Mercantil, Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, mediante la cual remiten la totalidad del expediente N° 001104, (nomenclatura de esa Corte), contentivo del Recurso de Apelación, constante de dos (02) piezas, Pieza N° I, con 307 folios útiles y Pieza II, con 181, folios útiles, interpuesto por el ciudadano UZZIEL DARIO ROA SALCEDO, titular de la cédula de identidad N° V-2.478.628, debidamente asistido por el abogado EDULFO BERNAL CASTRO, titular de la cédula de identidad N° V-7.124.000, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.424, en contra de la decisión dictada por este Tribunal en fecha 10 de noviembre de 2011, en la presente causa signada con el N° 2011-6897 (nomenclatura de este Juzgado), el cual guarda relación con la demanda de ESTIMACIÓN E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, interpuesta por el abogado HERNAN TOMAS ZAMORA VERA, titular de la cédula de identidad N° 44.277, actuando en su propio nombre y representación, contra el ciudadano UZZIEL DARIO ROA SALCEDO. Désele entrada en el libro de causas civiles bajo la misma nomenclatura signado con el N° 2010-689|7, para que conste en el Juzgado natural. En consecuencia este Tribunal en cumplimiento con lo ordenado en la sentencia dictada en fecha 02 de abril de 2012, dictada por la Corte de Apelaciones de esta Circunscripción Judicial, ordena fijar para el tercer (3er) día de despacho siguientes a la notificación que se le haga a las partes en el presente proceso, y comparezcan a las 9:30 a.m., por ante la sede de este Tribunal, al nombramiento de los retasadores, de conformidad con lo establecido en el articulo 27 de la Ley de Abogados. Líbrese lo conducente.
El Juez,

Abog. TRINO JAVIER TORRES BLANCO
La Secretaria,

Abog. MERCEDES HERNANDEZ
Exp. N° 2010-6897
TJTB/MH/darly.