REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIODE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS
ASUNTO: JMS1-505.-
ENTREVISTA
En horas de despacho del día de hoy 12/12/2012, siendo las 09:30, horas de la mañana, comparece voluntariamente los ciudadanos GLENNYS MARIAMNY TOVAR RODRIGUEZ Y RICHARD ALONZO GONZALEZ BOLIVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 15.955.012 y V.-16.766.723 respectivamente, con ocasión de la demanda de Fijación de Obligación de Manutención, ventilada en beneficio de las niñas IDENTIDAD OMITIDAD DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, de seis (06) y ocho (08) años de edad, en consecuencia, este Tribunal deja expresa constancia que el Juez impuso a las partes comparecientes y tomo la palabra la parte demandada el ciudadano RICHARD ALONZO GONZALEZ BOLÍVAR, que manifestó lo siguiente: “Ciudadano Juez, reconozco la deuda sostenida por la cantidad de Cuatro Mil Quinientos Cincuenta Bolívares (4.550,00Bs), manifiesto en este acto que hemos convenido en que la obligación de manutención sea fijada de la manera siguiente: PRIMERO: QUINIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs.550,00) por concepto de deuda hasta cancelarla en su totalidad mas CUATROCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs.450,00) mensuales por concepto de obligación de manutención para un total de MIL BOLIVARES (1000,00Bs) dichos depósitos se realizaran a partir del mes de Enero del 2013. SEGUNDO: Me comprometo a pagar en su totalidad el bono Navideño antes de el 22/12/12, cuyo monto es de DOS MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (2.200,00 Bs.). Una vez escuchado el anterior ofrecimiento, la ciudadana GLENNYS MARIAMNY TOVAR RODRIGUEZ, manifestó lo siguiente: “Ciudadano Juez, Acepto el ofrecimiento y que se cumpla a cabalidad. Es todo.” Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al convenio suscrito por los ciudadanos: GLENNYS MARIAMNY Y RICHARD ALONZO GONZALEZ BOLIVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 15.955.012 y V.-16.766.723 respectivamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia del 263 del Código de Procedimiento Civil. Es todo. Se terminó, se leyó y conformes firman. Librese oficio. Cúmplase.-
EL JUEZ TEMPORAL,
ABG. JUAN JOSUE CONTRERAS BERMÚDEZ.
EL SECRETARIO DE SALA,
ABG. HECTOR JOSE BRAVO GOMEZ.
LAS PARTES:
ASUNTO: JMS1 –505-
JJCB/HJBG.-SELVA
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