REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE
MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y CON COMPETENCIA EN EL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO AMAZONAS
202° y 153°
ACTA DE ENTREVISTA
ASUNTO: JMSI-692
En horas de Despacho del día de hoy, doce (12) de Diciembre del año 2012, siendo las 08:30 a.m., comparece previa notificación los ciudadanos: RICHARD ALONZO GONZALEZ BOLIVAR Y GLENNYS MARIAMNY TOVAR RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V-16.766.723 y V-15.955.012,respectivamente, partes en la causa Nº JMSI-692, por concepto de Régimen de Convivencia Familiar; a los fines de sostener una entrevista en el Despacho del ciudadano Juez, en relación al referido asunto. En consecuencia, luego de impuesto el motivo de su comparecencia, le otorgó la palabra a las partes, quienes llagaron al siguiente acuerdo. PRIMERO: Un fin de semana con la madre y el otro con el padre, desde el viernes a las 3:00pm. Hasta el domingo a las 5:00pm.SEGUNDO: Vacaciones Escolares 15 días con el Padre y 15 días con la Madre. TERCERO: Vacaciones Navideñas el 31 de este año con su Padre desde las doce del medio día 12:00pm.hasta el primero 01/01/2013, a las doce 12:00pm.El 24 de Diciembre con la madre, así de forma alterna en los siguientes años. CUARTO: El padre se compromete a estar más pendiente de su hija en lo referido a estudios y otros. Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al convenio suscrito por los ciudadanos: RICHARD ALONZO GONZALEZ BOLIVAR YGLENNYS MARIAMNY TOVAR RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V-16.766.723 y V-15.955.012,respectivamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Publíquese, regístrese y agréguese al expediente la presente decisión. Cúmplase.
EL JUEZ,
ABG. JUAN JOSUE CONTRERAS BERMUDEZ.
EL SECRETARIO.
ABG. HECTOR JOSE BRAVO GOMEZ.
LOS COMPARECIENTE.
ASUNTO: JMS1-692
JJC/HJB/RHONA
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