REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCUIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL CURCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO AMAZONAS
ASUNTO: JMS1-813
AUDIENCIA PRELIMINAR (FASE DE MEDIACIÓN)
En horas de despacho del día de hoy 12/01/2012, siendo las 09:30, horas de la mañana, comparecieron por ante este Tribunal de Mediación y Sustanciación los ciudadanos: JOSE JESUS NAVEO CHIPIAJE y YENNIFER XIOMARA DIAZ CARIBAN, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y portadores de las cédulas de identidad Nros.- 14.564.057 y 17.106.538, a los fines de llevar acabo la fase de mediación de la audiencia preliminar, con ocasión a la demanda que por Fijación de Obligación de Manutención, se ventila en el presente asunto, en bienestar de los hermanos IDENTIDADES OMITIDAS DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES. Se deja constancia de la presencia de la Fiscal Tercera del Ministerio Público ABG CARMEN TERESA ESPAÑA. Este Tribunal deja expresa constancia que luego de haber explicado a las partes la finalidad de la mediación, su utilidad y conveniencia, le otorgó la palabra a las partes, quienes llagaron a los siguientes acuerdos: PRIMERO: Fijan la cantidad de Cuatrocientos Bolívares (Bs. 400,00) mensuales, por concepto de obligación de manutención. SEGUNDO: Fijan un bono escolar por la cantidad de Mil Bolívares (Bs. 1.000,00) anuales a los fines de cubrir el inicio de las actividades escolares. TERCERO: Fijan un bono navideño por la cantidad de Dos Mil Bolívares (Bs. 2.000,00) anuales, a los fines de cubrir el inicio de las festividades navideñas. CUARTO: 50% de gastos médicos y urgentes, cuando sea requerido por los beneficiarios. QUINTO: La entrega de las cantidades se realizará de manera voluntaria. Es todo.” Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y con competencia en el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al convenio suscrito por los ciudadanos: JANEIRA ADELIS DIAZ DE LOPEZ y LUIS ROBERTO GOMEZ TINEDO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y portadores de las cédulas de identidad Nros.- 10.923.940 y 10.920.638, de conformidad con lo previsto en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Cúmplase.-
EL JUEZ,
ABG. MARIO A. MARCANO ESCOBAR.
EL SECRETARIO DE SALA,
ABG. JUAN JOSUE CONTRERAS.
LAS PARTES
LA FISCAL
ASUNTO: JMS1-813
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